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Alfonso Muñoz, funcionario de la Seguridad Social: "Puedes sumar el servicio militar al cómputo de años cotizados para anticipar tu jubilación"

El experto Alfonso Muñoz aclara que el servicio militar obligatorio puede contar para alcanzar los años mínimos exigidos para acceder a la jubilación anticipada

El funcionario Alfonso Muñoz aclara que el servicio militar puede servir para alcanzar los años cotizados exigidos para jubilarse antes.

El funcionario Alfonso Muñoz aclara que el servicio militar puede servir para alcanzar los años cotizados exigidos para jubilarse antes.Canal de Youtube de Alfonso Muñoz Cuenca

Patricia de la Torre
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En un vídeo que ha captado la atención de miles de trabajadores próximos a la edad de retiro, Alfonso Muñoz, funcionario especializado en Seguridad Social, ha abordado con precisión los requisitos actuales para acceder a la jubilación anticipada en España. Después de aclarar lo que el Real Decreto aprueba sobre jubilaciones anticipadas en profesiones peligrosas, entre los aspectos menos conocidos que desvela, destaca una frase que puede cambiar la perspectiva de muchos: "Sirve el servicio militar para alcanzar el período de años cotizados."

Este detalle puede resultar determinante para quienes rozan los 33 o 35 años cotizados, cifras clave para poder solicitar la jubilación anticipada, ya sea en su modalidad voluntaria o involuntaria.

La edad ordinaria, el primer cálculo

Muñoz comienza recordando que "en 2025, aquellos trabajadores con más de 38 años y tres meses cotizados [...] podrán jubilarse con 65 años de edad." En cambio, quienes no lleguen a ese umbral deberán esperar hasta los 66 años y 8 meses. A partir de este dato, se determina si es posible acceder a una jubilación anticipada.

La jubilación anticipada involuntaria puede solicitarse "cuatro años antes de nuestra edad ordinaria de jubilación", siempre que se acrediten 33 años cotizados, una situación legal de desempleo y causas recogidas en el artículo 207 de la Ley General de la Seguridad Social.

En cambio, la jubilación anticipada voluntaria se permite "dos años antes de nuestra edad ordinaria de jubilación", con un requisito de 35 años cotizados y que "el importe de nuestra pensión resultante sea superior a la pensión mínima de mayor de 65 años" según la situación familiar.

El servicio militar sí cuenta

En este punto es donde Alfonso Muñoz lanza una de las afirmaciones más reveladoras del vídeo: "Sirve el servicio militar para alcanzar el período de años cotizados." Esto significa que los meses o hasta un año completo de la mili pueden sumarse al cómputo total de años cotizados.

Este recurso legal puede ser especialmente útil para quienes se encuentran en el límite de los años exigidos, y puede marcar la diferencia entre acceder o no a una jubilación anticipada.

Además, el experto advierte que "tanto a una como a otra se le aplican coeficientes reductores, es decir, ambas tienen una penalización", recordando que jubilarse antes implica cobrar una pensión más baja.

Modalidades menos conocidas

Finalmente, Alfonso Muñoz menciona otras vías de jubilación que quedan fuera del ámbito principal del vídeo, como "la jubilación parcial, la anticipada por razón de actividad, [y] la jubilación anticipada para personas con discapacidad", temas que promete desarrollar más adelante.

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