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3 razones por las que Hacienda te quitará la tarifa plana de 80 euros (y cómo evitarlo)

Durante el primer año, solicitar la cuota de autónomos de 80 euros es algo sencillo, pero todo se complica cuando se intenta prorrogar, y un fallo puede causar cuantiosas multas

Es muy importante revisar bien los datos y anticiparse a los ingresos para solicitar la cuota

Es muy importante revisar bien los datos y anticiparse a los ingresos para solicitar la cuotaOlgaPankova

Antonio Bret
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Emprender no es tarea sencilla. Por eso la cuota reducida para autónomos, conocida popularmente como la tarifa plana de 80 euros, es una ayuda absolutamente necesaria. Sobre todo si se busca reducir la barrera de entrada al ecosistema emprendedor. Esto permite que el profesional se centre en hacer crecer su negocio durante las etapas más sensibles del mismo. Sin embargo, esta tarea administrativa puede convertirse en un terreno pantanoso para el que quiera empezar a trabajar por cuenta propia, si no se tienen en cuenta todas las exigencias de Hacienda. 

El funcionamiento de la cuota reducida en el nuevo sistema

Durante el primer año de actividad, el trabajador autónomo deberá pagar una cuota fija de 80 euros mensuales, independientemente de los ingresos que tenga. No obstante, la verdadera complejidad aparece al finalizar este primer tramo de 12 meses. La normativa permite prorrogarlo otro año más, pero solo si los rendimientos económicos netos anuales no superan el Salario Mínimo Interprofesional.

Este desequilibrio aparece porque el modelo actual de cotización se basa en los ingresos reales del trabajador autónomo. Al analizar los datos de la Tesorería de la Seguridad Social, el principal motivo de exclusión es, en ocasiones, lo farragoso que puede ser navegar por la plataforma Importass. Un dato mal comunicado, o una previsión de ingresos inconveniente, puede invalidar la ayuda, además con efectos retroactivos.

El error crítico: la previsión de ingresos y el historial previo

El fallo más habitual que provoca la denegación de la reducción de cuota es la declaración inexacta de los rendimientos netos previstos. Muchos nuevos autónomos, para simplificar el trámite, no realizan un cálculo exhaustivo de sus gastos deducibles. Si la Administración detecta que la actividad genera beneficios por encima de lo comunicado desde los primeros meses, puede entender que el perfil del trabajador no se ajusta a los parámetros exigidos para poder disfrutar de la cuota reducida.

Otro punto que se ha de tener en cuenta es el periodo de carencia. Para solicitar la reducción de cuota, el trabajador no debe haber estado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) en los últimos tres años anteriores a la petición. Existe la creencia de que cambiar de sector de actividad o código de IAE permite volver a solicitar la ayuda.

Sin embargo, los cruces de datos entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social son bastante seguros y cualquier antecedente de alta en el período de exclusión conlleva la reclamación inmediata de las cuotas bonificadas, resultando, en ocasiones, en una cantidad de dinero considerable.

La prórroga del segundo año: El laberinto de la solicitud

Es durante el segundo año de la reducción de cuota donde se producen más bajas del programa. Para mantener la cuota de 80 euros entre los meses 13 y 24, el trabajador autónomo debe realizar una solicitud formal antes de que expire su primer año de actividad.

El sistema no actúa de forma automática, por lo que es un error creer que la Seguridad Social va a aplicar la prórroga al ver que los ingresos siguen estando por debajo del SMI. El profesional debe entrar en el portal oficial y presentar la declaración responsable confirmando sus rendimientos netos. Un descuido en el calendario, aunque solo sean unos días, puede hacer que el recibido de autónomos que llegue sea mucho mayor que los 80 euros esperados.

Las consecuencias de la exclusión y el efecto deuda

Quedar fuera de la bonificación de la cuota puede tener serias consecuencias financieras. La Seguridad Social no solo anula la bonificación futura, sino que reclama la diferencia con carácter retroactivo de todos los meses en los que solo se pagó 80€. Esto, sumado a los intereses de demora que pueden rondar el 20%, puede generar de un día para otro una deuda no menor a los 2800€.

Comprobar cada mes la contabilidad es algo innegociable. La digitalización total del proceso hace que cada dato introducido se contraste en tiempo real. Un error en la previsión de los ingresos o el olvido de un trámite puede convertir una ayuda en una losa financiera para el autónomo.

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