| 27 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Bárcenas, en el banquillo del juicio por las obras en la sede del PP.
Bárcenas, en el banquillo del juicio por las obras en la sede del PP.

Bárcenas condenado a 2 años por pagar en negro la reforma de 'Génova'

La Audiencia Nacional hace pública su sentencia sobre otra de las causas derivadas de Gürtel. Responsabiliza al PP como responsable civil pero absuelve a su gerente.

| M.B España

La Audiencia Nacional ha condenado al extesorero del PP Luis Bárcenas a 2 años de cárcel por pagar en B más de 1 millón de euros de las obras de reforma de la sede popular de Génova, al tiempo que ha condenado al Partido Popular como responsable civil subsidiario en la cuantía de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007 de Unifica, el estudio de arquitectura que se encargó de la remodelación.

La Sala de lo Penal, en una sentencia de 454 páginas dictada este jueves, ha condenado a Bárcenas por abonar a Unifica un total de 1.072.000 euros "al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda Pública".

Le condena, en concreto, por un delito continuado de falsedad contable, en concurso con un delito contra la Hacienda Pública por el IS de 2007 de Unifica, en concurso a su vez con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Por ello, además de los 2 años de prisión, le impone una inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, el pago de una multa de 1,2 millones de euros y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante 2 años y 6 meses.

Le aplica la atenuante de confesión, al haber quedado acreditada su "colaboración real, activa y eficaz" para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien subraya que fueron los registros practicados en las sedes del PP y de Unifica los que arrojaron los datos decisivos para la investigación; así como la atenuante de reparación del daño.

Además, el tribunal aprecia la responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas, en este caso, del PP y Unifica, por los delitos cometidos por sus empleados en el desempeño de sus obligaciones.

Los magistrados indican que no consta que el PP, a través de sus órganos directivos (comité ejecutivo) ejerciera un control adecuado sobre la gestión de Bárcenas cuando ocurrieron los hechos, sino que las medidas adoptadas por el partido en este sentido -tanto respecto de aquel, como de auditoría interna y promoción de iniciativas legislativas relativas a la financiación de partidos políticos-, fueron 'a posteriori'.