PSOE
Ya puedes llamar a Sánchez "corrupto" de forma legal: la Audiencia de Madrid señala que "no es insulto, es crítica"
La Audiencia Provincial falla que la lona gigante de Hazte Oír frente al Congreso con el calificativo al presidente de Gobierno "no es insultar, sino crítica política y libertad de expresión"

Lona de Hazte Oír con Pedro Sánchez y la palabra "corrupto"
Llamar "corrupto" a Pedro Sánchez en una lona gigante no es delito. La batalla judicial por la lona de Hazte Oír frente al Congreso ha terminado con un importante revés para el presidente del Gobierno y el PSOE. La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado el archivo de la causa y ha concluido que calificar al presidente del Gobierno de "corrupto" en ese contexto concreto está amparado por la libertad de expresión al constituir una crítica política y no un delito.
La resolución respalda la decisión que ya adoptó el Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid, que archivó las diligencias al entender que los hechos carecían de relevancia penal. En su auto, los magistrados realizan una importante precisión jurídica. Admiten que la palabra "corrupto", considerada de forma aislada, puede constituir un insulto grave. Sin embargo, subrayan que el contexto resulta determinante. La Audiencia de Madrid explica que, en este caso, el calificativo "corrupto" a Pedro Sánchez aparecía acompañado de referencias a diversos procedimientos judiciales abiertos relacionados con el entorno del presidente del Gobierno, como los denominados caso Begoña, caso Ábalos/Koldo o el caso fiscal general. Por ello, concluye que "no existía una finalidad de injuriar, sino de expresar una crítica política protegida por la libertad de expresión".
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El tribunal señala expresamente que "no se aprecia la finalidad de insultar, sino la de expresar una crítica política, que aparece amparada por la libertad de expresión". La lona, de más de 250 metros cuadrados, fue instalada el 19 de mayo de 2025 en un edificio situado frente al Congreso de los Diputados y mostraba una imagen de Pedro Sánchez junto a la palabra "corrupto" en grandes dimensiones y referencias a distintos procedimientos judiciales.
Pedro Sánchez y el PSOE recurrieron el archivo de la causa al considerar que la libertad de expresión no podía amparar actuaciones que, a su juicio, lesionaban el honor del presidente y de las instituciones del Estado. La Fiscalía también se sumó al recurso al entender que los hechos podrían ser constitutivos de delitos contra la integridad moral y de coacciones, sosteniendo que la finalidad de la lona era humillar y deshonrar al presidente del Gobierno. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid ha rechazado esos argumentos y ha confirmado el archivo definitivo de las actuaciones, consolidando el criterio de que, en las circunstancias concretas del caso, el mensaje difundido por Hazte Oír de "corrupto" se encontraba dentro de los límites de la crítica política constitucionalmente protegida y no constituía una infracción penal.