La Justicia avala el despido de un empleado de Apple por decir: "Cuando tenga calor me voy a tener que sacar la chorra"
Un juzgado de Murcia considera procedente el despido de un trabajador de Apple tras pronunciar una expresión de contenido sexual delante de compañeros y clientes. La sentencia rechaza que se vulnerara su libertad de expresión y respalda la actuación de la compañía.
La Justicia avala el despido de un empleado de Apple por decir: "Cuando tenga calor me voy a tener que sacar la chorra"
El Tribunal de Instancia de Murcia ha dado la razón a Apple Retail Spain S.L. en el litigio que mantenía con un trabajador despedido por realizar un comentario de carácter sexual mientras atendía en una de sus tiendas. La resolución judicial concluye que la empresa actuó conforme a derecho al considerar que sus palabras resultaban incompatibles con el comportamiento exigible en un establecimiento abierto al público.
El empleado, identificado en la sentencia con el nombre ficticio de Luis Antonio, prestaba servicios para la compañía desde marzo de 2012 con la categoría profesional de Genius. Los hechos que terminaron provocando su salida de la empresa ocurrieron en septiembre de 2025, mientras desempeñaba su trabajo en una tienda de Apple.
Según recoge la resolución, el trabajador estaba comentando con otros compañeros las condiciones de temperatura y humedad existentes en el establecimiento cuando, en voz alta y en una zona donde también había clientes, manifestó: «Cuando tenga calor me voy a tener que sacar la chorra».
La expresión fue escuchada por varios empleados. Uno de ellos, José Miguel, le recriminó de inmediato que ese tipo de comentarios no eran apropiados en un entorno profesional y, menos aún, con clientes presentes. Posteriormente, remitió un correo electrónico a la empresa explicando lo ocurrido. En él señaló que «José Miguel dirigió un correo electrónico a la empresa relatando lo sucedido, indicando que el comentario no era apropiado para el entorno de la tienda, y que se produjo en presencia o proximidad de la clientela».
Apple entendió que la conducta incumplía sus normas internas, que establecen la «obligación de ofrecer una atención profesional, mantener interacciones respetuosas y servir de referencia de buenas prácticas en zonas abiertas al público».
Como primera medida disciplinaria, la compañía impuso al empleado una suspensión de empleo y sueldo durante dos días. Sin embargo, meses después, el 26 de enero de 2026, le comunicó su despido disciplinario.
El trabajador recurrió la decisión ante el Tribunal de Instancia número 1 de Murcia, cuya sentencia 153/2026, firmada por el magistrado Salvador Díaz Molina, ha terminado respaldando la actuación de Apple.
En su demanda, el empleado sostenía que la empresa había lesionado su derecho a la libertad de expresión al sancionarle por haber afirmado que se «sacaría la chorra» al referirse a las condiciones ambientales del centro de trabajo.
No obstante, el juzgado rechaza esa interpretación. En la resolución recuerda que «la libertad de expresión no ampara el uso de expresiones sexualmente explícitas en un entorno de trabajo abierto al público y, menos aún, cuando existen normas internas claras y conocidas».
Asimismo, el magistrado añade que «la expresión utilizada por el actor no era necesaria para trasladar su queja sobre las condiciones de trabajo, sino que constituye un añadido innecesario de carácter sexual explícito, incompatible con los estándares mínimos de comportamiento exigibles en un entorno profesional».
Con estos argumentos, el tribunal desestima íntegramente la demanda presentada por el trabajador, descarta que Apple vulnerara su derecho fundamental a la libertad de expresión y confirma tanto la validez del despido disciplinario como la actuación de la empresa.