Puigdemont vuelve a chocar con Llarena: rechaza amnistiarle la malversación pese al fallo europeo y mantiene la orden de detención
El magistrado del Supremo considera que el fallo del TJUE elimina el argumento relativo a los intereses financieros de la UE, pero no el del posible beneficio patrimonial que ya utilizó para excluir la malversación de la medida de gracia. La decisión definitiva queda ahora pendiente de la doctrina que establezca el Constitucional con Jordi Turull.
Carles Puigdemont ha vuelto a intentar abrir la puerta de la amnistía y Pablo Llarena ha vuelto a cerrársela, al menos de momento. El magistrado del Tribunal Supremo ha rechazado la petición del expresidente catalán para que le aplique la medida de gracia por el delito de malversación después de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 16 de julio. El juez tampoco ha atendido la misma solicitud del exconseller Antoni Comín, ambos procesados en rebeldía, y mantiene su posición mientras espera el pronunciamiento que realmente considera determinante: el que debe adoptar el Tribunal Constitucional sobre Jordi Turull.
La clave de la decisión está en los dos motivos que Llarena había utilizado para dejar la malversación fuera de la amnistía. El magistrado sostuvo que la propia ley impide perdonar aquellos delitos de malversación cometidos para obtener un beneficio personal de naturaleza patrimonial y añadió que los hechos podían afectar a los intereses financieros de la Unión Europea. La sentencia del TJUE ha descartado este último argumento, algo que Llarena reconoce expresamente. Sin embargo, ha explicado que el fallo europeo no altera el primero: el relativo al beneficio patrimonial. Por eso considera que sigue existiendo fundamento suficiente para no aplicar por ahora la amnistía a Puigdemont.
La defensa del expresident había tratado de aprovechar el pronunciamiento de Luxemburgo, que consideró la ley de amnistía conforme al Derecho comunitario, para reclamar tanto la retirada de la orden de detención como la aplicación de la medida de gracia. Llarena, sin embargo, ha rechazado esa pretensión porque la resolución europea no elimina todos los obstáculos jurídicos en los que sustentó su decisión anterior. El magistrado también ha descartado inhibirse en favor del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña o de los juzgados de Barcelona y ha rechazado archivar la causa por una supuesta vulneración del principio "non bis in ídem" debido a la existencia del procedimiento contable ante el Tribunal de Cuentas.
El siguiente movimiento se producirá, por tanto, en el Tribunal Constitucional. La corte de garantías celebra el próximo día 22 un pleno para abordar el recurso de amparo de Turull, aunque no se espera todavía una sentencia: el borrador elaborado por el ponente José María Macías es contrario a sus pretensiones y previsiblemente será rechazado por la mayoría del tribunal, lo que obligaría a nombrar un nuevo ponente de cara al pleno del 6 de octubre.
Fuentes jurídicas dan por hecho que esa resolución fijará una doctrina sobre la malversación que podrá trasladarse al resto de condenados y procesados en rebeldía. Llarena espera precisamente ese criterio antes de mover ficha con Puigdemont, Comín y Lluís Puig y determinar hasta dónde llega finalmente la amnistía impulsada por Sánchez tras el acuerdo político que permitió recabar el apoyo de Junts a su investidura.