ESdiario

Las excusas del Gobierno ante el Supremo para evitar la revisión del voto de la "ley de nietos"

Moncloa pretende que el Alto Tribunal dé marcha atrás en su decisión judicial alegando dificultades para verificar las inscripciones cuestionadas antes del 29-N.

Félix Bolaños y Pedro Sánchez hablando en el Congreso.

Félix Bolaños y Pedro Sánchez hablando en el Congreso.A. Perez Meca / Europa Press

Patricia Rodríguez Corchado

Creado:

Actualizado:

El Gobierno de Pedro Sánchez ha vuelto a dirigirse al Tribunal Supremo para intentar que se levanten las medidas cautelares que afectan al voto exterior de los nacionalizados mediante la denominada "ley de nietos". Esta vez, el argumento utilizado por la Abogacía del Estado es la falta de tiempo para examinar los expedientes de 163.020 ciudadanos antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.

En un nuevo escrito de alegaciones, los servicios jurídicos del Ejecutivo reconocen que la Administración no dispone de los medios necesarios para identificar y comprobar individualmente todas las inscripciones afectadas por la resolución judicial. Una dificultad que el Gobierno utiliza para solicitar que el Supremo revoque la suspensión acordada en septiembre a raíz de los recursos presentados por Vox e Iustitia Europa.

El origen del conflicto se encuentra en la aplicación de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que facilitó la adquisición de la nacionalidad española a determinados descendientes de españoles. Una instrucción posterior permitió aplicar una presunción de exilio a quienes abandonaron España entre julio de 1936 y diciembre de 1955, sin necesidad de acreditar individualmente determinadas circunstancias del exilio.

Precisamente, los efectos electorales de esa interpretación administrativa son los que han llegado a los tribunales. Vox e Iustitia Europa cuestionan que determinadas inscripciones puedan producir efectos sobre el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) sin comprobar previamente el cumplimiento de los requisitos legales.

El Supremo decidió suspender cautelarmente esos efectos electorales, salvo que se acreditara la condición exigida. La resolución no anulaba la nacionalidad española de los afectados, pero sí establecía restricciones provisionales sobre su participación electoral.

Ahora, el Gobierno pretende dejar sin efecto esa decisión alegando que el propio funcionamiento del censo impide diferenciar automáticamente a los ciudadanos nacionalizados mediante la instrucción cuestionada de quienes adquirieron la nacionalidad por otros procedimientos.

Según la Abogacía del Estado, realizar esa distinción exigiría consultar miles de expedientes consulares, una tarea que considera inviable dentro del calendario electoral. Los servicios jurídicos estatales ya habían advertido anteriormente de que no podrían completar las comprobaciones antes de enero de 2027, pero el adelanto de las elecciones al 29 de noviembre ha reducido todavía más los plazos.

La fecha más inmediata es el 12 de octubre, cuando el censo electoral deberá estar disponible para consulta. Su publicación definitiva está prevista para el día 23, aunque el censo de referencia para las elecciones quedó cerrado el pasado 1 de agosto.

La Abogacía del Estado también ha aprovechado sus alegaciones para cargar contra Vox, al que atribuye la intención de impedir votar a descendientes de españoles exiliados. Se trata de una acusación formulada por la representación jurídica del Ejecutivo y no de una conclusión establecida por el Tribunal Supremo.

Además, el Gobierno sostiene que mantener la suspensión podría perjudicar el derecho al voto de ciudadanos españoles que no han podido intervenir individualmente en el procedimiento judicial. Por ese motivo, reclama que los magistrados reconsideren las medidas cautelares antes de la celebración de los comicios.

La controversia deja sobre la mesa dos cuestiones diferentes: la legalidad de los criterios utilizados para determinadas inscripciones electorales y las dificultades administrativas que el Ejecutivo alega para comprobarlas. Hasta el momento, no existe una sentencia que declare irregulares los 163.020 expedientes mencionados en el escrito.

El Tribunal Supremo deberá decidir ahora si mantiene las restricciones acordadas en septiembre o acepta la petición de la Abogacía del Estado. Mientras tanto, el Ejecutivo insiste en que no puede completar las verificaciones dentro del plazo disponible y solicita que se levanten las medidas judiciales sin haber concluido esa revisión.

tracking