El Supremo rechaza la nulidad de Ábalos y Koldo: les queda el salvavidas de Pumpido
La Sala de lo Penal desestima los incidentes contra sus condenas de 24 y 19 años por el caso mascarillas y deja a las defensas la posibilidad de intentar ahora el recurso de amparo

José Luis Ábalos, Koldo García y el empresario Víctor de Aldama
A José Luis Ábalos y Koldo García les queda un último salvavidas al que intentar agarrarse: el Tribunal Constitucional. El Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad contra sus condenas de 24 y 19 años de cárcel por el caso mascarillas, dejando a sus defensas la posibilidad de acudir en amparo al tribunal que preside Cándido Conde-Pumpido.
El eventual recurso deberá superar primero el trámite de admisión y justificar su especial trascendencia constitucional para que el tribunal entre a estudiar el fondo. Su presentación tampoco suspende por sí sola las penas impuestas.
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La Sala de lo Penal condenó el pasado junio al exministro de Transportes y a quien fuera su asesor por delitos de organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación dentro de la pieza del caso Koldo relativa a los contratos públicos para la adquisición de mascarillas.
Anticorrupción pidió rechazar la nulidad
Ábalos y Koldo trataron después de conseguir la nulidad de aquella sentencia mediante el incidente resuelto ahora por el Supremo. La Fiscalía Anticorrupción ya había reclamado que fueran desestimadas ambas peticiones con un diagnóstico poco alentador para los dos condenados.
Los incidentes estaban "necesariamente abocados al fracaso", sostuvo el Ministerio Público, porque "desbordan claramente el objeto de este remedio" y se limitaban, según su criterio, a reproducir pretensiones que ya habían sido examinadas y resueltas en la sentencia firme.
El Supremo ha terminado rechazando las dos solicitudes y mantiene, por tanto, las condenas. El incidente de nulidad constituye un remedio excepcional frente a resoluciones firmes cuando se alegan determinadas vulneraciones de derechos fundamentales que no hayan podido denunciarse antes.
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Agotada esta posibilidad ante el Supremo, la batalla de las defensas puede trasladarse ahora al Constitucional mediante sendos recursos de amparo. Será entonces el tribunal presidido por Conde-Pumpido el que deberá decidir, antes que nada, si concurren los requisitos para admitirlos.
Ábalos y Koldo no tienen garantizado que el Constitucional estudie siquiera sus argumentos, mucho menos que les dé la razón. Pero después del nuevo portazo del Supremo, es el salvavidas procesal que les queda por intentar.