Iustitia vuelve a poner en jaque al Gobierno: pide ampliar la suspensión del voto por la ley de nietos
Las nuevas alegaciones reclaman identificar a los hijos de nacionalizados y revisar su acceso al censo antes del 29N. La cifra de inscripciones aportada no permite determinar cuántos electores quedarían realmente afectados.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el ministro de Exteriores, José Manuel Albares.
Iustitia Europa pide al Tribunal Supremo que extienda la suspensión del voto exterior a los hijos mayores de edad de nacionalizados por la ley de nietos. En un escrito de alegaciones fechado el 1 de noviembre, dirigido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo, reclama comprobar el origen de sus inscripciones antes del escrutinio del 29N.
La formación solicita aplicar a los electores del denominado Anexo III el régimen cautelar establecido para otro supuesto de la norma: suspensión de efectos electorales, identificación y comprobación de los expedientes. Subsidiariamente, pide identificar a esos electores y a sus progenitores, preservando los efectos electorales mientras se completa la revisión. La ampliación está pendiente de decisión judicial.
La petición pone el foco en la capacidad del Gobierno para relacionar la información registral, consular y censal antes de las elecciones. Iustitia sostiene que incorporar esos sufragios al escrutinio sin reconstruir previamente la vía de adquisición de la nacionalidad podría frustrar la finalidad del recurso. Esa advertencia constituye el argumento de la parte recurrente.
El escrito sitúa en 189.678 las inscripciones del Anexo III a 31 de julio, según datos que atribuye al procedimiento. Sin embargo, la propia nota de prensa reconoce que esa cifra no equivale necesariamente al número de electores incorporados al Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Tampoco permite determinar cuántos tendrían progenitores afectados por las cautelares.
El Anexo I, al que ya se le suspendió temporalmente el ejercicio electoral, permite solicitar la nacionalidad a nacidos fuera de España por su vínculo con un padre, madre, abuelo o abuela originariamente españoles. El Anexo III, en cambio, se dirige a los hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante las leyes de memoria de 2007 o 2022. Las cautelares sobre un supuesto del Anexo I no se extienden automáticamente al Anexo III.
El auto del 12 de octubre confirmó la suspensión para el supuesto del primer inciso de la disposición adicional octava, con una excepción mediante certificación consular del exilio. No estableció una suspensión general del Anexo III: eso es precisamente lo que Iustitia pretende ahora ampliar.