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Podemos se queda fuera de la comisión de Radio y Televisión del 29N al no designar representante

La Junta Electoral Central oficializa la comisión que propondrá el reparto de espacios electorales del 29N, con representantes de PP, PSOE, Vox y otras formaciones políticas.

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PodemosEuropa Press

Patricia Rodríguez Corchado

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Podemos no ha designado a ningún representante para formar parte de la Comisión de Radio y Televisión de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. Así consta en la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) publicada este miércoles, 4 de noviembre, que oficializa la composición del órgano encargado de proponer cómo se distribuirán los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación públicos.

La ausencia de la formación morada aparece expresamente recogida en el documento oficial, que incluye una aclaración sobre el puesto que le correspondería ocupar: "El partido Podemos no ha designado representante para la Comisión de Radio y Televisión".

De esta manera, Podemos se queda sin representante en la composición publicada de un organismo que desempeña un papel relevante durante la campaña electoral, ya que participa en la elaboración de la propuesta de distribución de los tiempos de propaganda que tendrán las distintas formaciones en los medios públicos.

La comisión está convocada para constituirse este miércoles, a las 12:00 horas, en la Sala Sert del Congreso de los Diputados, bajo la presidencia de Jon Miraballes Barrenetxea, representante del Partido Nacionalista Vasco (PNV).

Entre los integrantes designados figuran Jorge Rábago Juan-Aracil, en representación del Partido Popular y de Unión del Pueblo Navarro; Alberto Cachinero Capitán, por el PSOE; Álvaro Zancajo Fenoll, por Vox; y Jordi Martí Grau, por Frente Amplio.

También participarán representantes de ERC, Junts, EH Bildu, PSC-PSOE, Compromís, Bloque Nacionalista Galego y otras formaciones con representación parlamentaria.

La importancia de esta comisión radica en las competencias que le atribuye el artículo 65 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG). Este precepto establece que la distribución de los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios públicos debe realizarse a propuesta de una comisión integrada por representantes de las formaciones políticas que concurran a las elecciones y cuenten con representación en el Congreso de los Diputados.

La decisión definitiva sobre el reparto corresponde a la Junta Electoral Central, que debe aplicar los criterios establecidos por la legislación electoral, teniendo en cuenta los resultados de los anteriores comicios generales.

Además, los representantes de los partidos ejercen un voto ponderado en función de su representación parlamentaria, lo que convierte a este organismo en una pieza importante dentro de la organización de la campaña electoral.

Por el momento, la resolución no explica por qué Podemos no ha comunicado el nombre de su representante. Tampoco indica que la formación haya sido excluida por una decisión de la Junta Electoral Central.

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