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Condenado a nueve meses de cárcel un joven en León por amenazar a su expareja menor

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ratifica la pena de prisión y la orden de alejamiento impuesta a un joven de 21 años por proferir amenazas contra su expareja de 15 años tras negarse a retomar la relación

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Entrada a la Audiencia Provincial de León 20/10/2025

(Foto de ARCHIVO) Entrada a la Audiencia Provincial de León 20/10/2025EUROPA PRESS

Alba Molina López
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de nueve meses y un día de prisión impuesta a un joven de 21 años por un delito de amenazas leves en el contexto de violencia de género contra su expareja, una menor de 15 años.

La resolución avala íntegramente la sentencia dictada previamente por la Audiencia Provincial de León y rechaza el recurso presentado por la defensa del acusado. Además de la pena de prisión, el fallo mantiene la prohibición de acercarse a la víctima durante un periodo de un año, nueve meses y un día.

Según los hechos probados, ambos mantuvieron una relación sentimental entre agosto de 2023 y febrero de 2024, etapa en la que convivieron de manera intermitente después de que la menor abandonara el domicilio familiar. El incidente que originó la condena tuvo lugar el 4 de febrero, cuando el acusado acudió a la vivienda de la joven y, ante su negativa a retomar la relación, lanzó amenazas tanto contra ella como contra sus familiares.

Durante el episodio, el joven profirió expresiones de carácter posesivo y violento, incluyendo amenazas de muerte dirigidas a los familiares de la menor. Estos hechos fueron presenciados por la madre y el hermano de la víctima, cuyos testimonios han resultado clave para respaldar el relato de la denunciante.

La defensa alegó que se trató de una reacción impulsiva derivada de la inmadurez del acusado y cuestionó la valoración de las pruebas, invocando la vulneración de la presunción de inocencia. Sin embargo, el tribunal ha considerado que existen suficientes elementos objetivos que corroboran la versión de la víctima.

En su argumentación, los magistrados subrayan que las palabras utilizadas por el acusado reflejan una actitud de control y amenaza que puede generar un temor real en la víctima, descartando que se tratara de un comportamiento propio de una discusión sin mayor relevancia penal.

Por otro lado, el tribunal ha mantenido la absolución del joven respecto a otros delitos por los que también fue investigado, como agresión sexual, maltrato habitual, coacciones e inducción al abandono del domicilio. Asimismo, se confirma que solo deberá asumir las costas procesales correspondientes al delito por el que ha sido condenado.

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