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Condenada en Salamanca por enviar fotos íntimas de su hija de 11 años a quien creía que era Cristiano Ronaldo

La Audiencia Provincial de Salamanca ha impuesto dos años de prisión y una indemnización de 17.000 euros a una mujer que compartió imágenes sexuales de su hija menor de edad a través de Instagram. Detrás del perfil al que las enviaba no estaba el futbolista portugués, sino una conocida de la niña.

Cristiano Ronaldo en un acto.

Cristiano Ronaldo en un acto.Europa Press Reportajes

Alejandro Ibáñez
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Una madre de Salamanca ha sido condenada a dos años de prisión por enviar fotografías y un vídeo de contenido sexual de su hija de 11 años a través de Instagram. Lo más sorprendente del caso es la identidad de la persona a la que creía estar enviando las imágenes: el futbolista portugués Cristiano Ronaldo. Sin embargo, detrás de aquel perfil no estaba el conocido deportista, sino una conocida de la propia menor.

Los hechos han terminado en la Audiencia Provincial de Salamanca, que ha considerado probado que la mujer realizó varias fotografías y una grabación de su hija con contenido sexual y posteriormente las compartió a través de la red social. La sentencia la condena por un delito de corrupción de menores.

La acusada ha reconocido que tomó las imágenes de la niña, algunas de ellas desnuda o mostrando sus genitales, y que también grabó un vídeo en el que aparecía sin ropa interior. Todo ese material fue enviado desde su cuenta personal de Instagram a un perfil que ella pensaba que pertenecía a Cristiano Ronaldo.

Pero la realidad era muy distinta. La cuenta no era del exjugador del Real Madrid, sino que había sido creada por una conocida de la hija de la acusada. Este detalle ha sido uno de los elementos más llamativos de un procedimiento judicial que ha concluido, por el momento, con una condena de prisión para la madre.

La madre reconoció los hechos ante el tribunal de Salamanca

El juicio se celebró el pasado 28 de octubre y terminó con un acuerdo de conformidad entre la Fiscalía, la acusación particular y la defensa. La mujer admitió los hechos, lo que permitió alcanzar un acuerdo sobre la condena.

Durante el procedimiento también se tuvo en cuenta su situación de salud mental en el momento en que ocurrieron los hechos. Según recoge la resolución judicial, padecía un síndrome ansioso-depresivo reactivo y tenía un diagnóstico de discapacidad intelectual límite, circunstancias que afectaban a sus capacidades. El tribunal ha apreciado esta situación como una atenuante muy cualificada de anomalía psíquica a la hora de establecer la responsabilidad penal de la acusada.

Dos años de cárcel, alejamiento de su hija y 17.000 euros de indemnización

La condena no se limita a los dos años de prisión. La Audiencia Provincial de Salamanca también ha impuesto una serie de medidas destinadas a proteger a la menor. Entre ellas figura la prohibición de que la madre se acerque a menos de 250 metros de su hija o mantenga cualquier tipo de comunicación con ella durante un periodo que supera en un año la duración de la pena de prisión.

Además, deberá cumplir tres años de libertad vigilada, participar en programas de educación sexual y permanecer seis años inhabilitada para ejercer la patria potestad. Tampoco podrá desarrollar actividades profesionales que impliquen un contacto habitual con menores. En el apartado económico, la sentencia establece que la condenada deberá abonar 17.000 euros a su hija en concepto de indemnización por los daños morales ocasionados.

La resolución judicial todavía no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. Por tanto, el procedimiento aún podría continuar si alguna de las partes decide presentar un recurso.

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