Tribunales
La jueza de la dana se 'ensaña' con Generalitat: no imputa a Miguel Polo y solo cita a declarar a alcaldes del PSOE
La titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Catarroja cita como testigo al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar al ver "difícilmente admisible" la tesis de la "ignorancia" de Emilio Argüeso sobre la evolución de la emergencia el 29 de octubre.
Miguel Polo, presidente de la CHJ
La jueza de la dana, como popularmente ya se conoce a la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, centra todo el foco de su investigación sobre la gestión de la catastrófica dana en la Generalitat de una manera clara y definitoria tras sus últimos autos, en especial el dirigido a la defensa del exsecretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, donde rechaza imputar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, pese a las declaraciones de la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, en sede judicial, en las que reconoció que aquella tarde el ente gubernamental, pese a formar parte del Cecopi desde las 17:00 h, no habló en ningún momento del desbordamiento del barranco del Poyo, la rambla que más muertes causó aquella tarde.
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Para más inri, la magistrada cita a declarar como testigos a toda la cúpula de Emergencias de aquella tarde, ocho técnicos y altos cargos de Emergencias, y a los alcaldes de Paiporta, Maribel Albalat; Catarroja, Lorena Silvent; y Sedaví, José Francisco Cabanes. ¿Qué tienen todos estos ediles en común, además de ser municipios de la zona cero? Que todos son alcaldes socialistas de l'Horta Sud. ¿Por qué no se cita a declarar a Juan Ramón Adsuara, alcalde de Alfafar; a Amparo Folgado, de Torrent; o a Francisco Comes, alcalde de Massanassa? Todas estas localidades, también ubicadas en l'Horta Sud, están en la zona cero de la dana, algunas pegadas a otras cuyos alcaldes sí que han sido tomados por la jueza como testigos. Sin embargo, a diferencia de los que van a declarar como testigos, estos ediles son del Partido Popular.
Y hay más, no solo en l'Horta Sud, pues la dana no solo afectó a esta comarca: están el alcalde de Algemesí, o la de Carlet; la exalcaldesa de Chiva, que aún gobernaba cuando la DANA; el de Utiel...
Sobre el rechazo de la jueza a la petición de Argüeso —por la que se solicitaba la imputación de Miguel Polo, el entonces jefe del Consorcio Provincial de Bomberos de Valencia, José Miguel Basset, la jefa del servicio de Coordinación de Emergencias 112 y una técnica de Comunicación—, la titular considera que una declaración como investigados "solo estaría legitimada en su petición por quien ostenta la condición de perjudicado, y requeriría una motivación específica que no se explicita en la petición" de Argüeso, y añade que ni la integración de estas personas en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi), ni el hecho de que formen parte de la Administración autonómica encargada de la emergencia, es "elemento suficiente, tampoco las manifestaciones de los investigados".
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"En caso contrario, nos encontraríamos ante una evidente atribución genérica e indiscriminada de responsabilidades respecto de unos hechos de extrema gravedad, en relación con los cuales se ha detallado extensamente su objeto, efectuado precisamente por quien ostentaba la condición de secretario autonómico de Emergencias y respecto de alguno de los cuales resulta claro que habían de seguir sus instrucciones y directrices en la gestión de emergencias. Lo contrario supondría vaciar el propio significado de lo que constituye el cargo que ejercía como secretario autonómico de Emergencias", señala la magistrada.
Rechaza la tesis de la ignorancia
Así, sostiene que se trata de un cargo ―el número dos en una conselleria― que, pese a lo que el propio Argüeso "insistentemente" declaró, "no puede limitarse a esperar que se le informara, aunque datos, circunstancias, llamadas, informes estaban plenamente a su alcance". "Ello hace difícilmente admisible la tesis de la ignorancia sobre la evolución de la emergencia, pero en cualquier caso ante un evento meteorológico gravísimo, podía solicitar él mismo que se le informara", apunta.
Además, atiende a motivos de fondo para rechazar la declaración como investigados de las cuatro personas propuestas por el ex secretario autonómico. Sobre Miguel Polo --del que recuerda que el ministerio fiscal se ha opuesto a la estimación de la querella contra él que interpuso en su día la asociación Hazteoír--, señala que no concurren indicios de delito que justifiquen la atribución de la condición de investigado.
"No se puede alegar un desconocimiento de los responsables de emergencias de la Generalitat Valenciana del SAIH, ni de la posibilidad de acceso al mismo, ni de forma paralela atribuir responsabilidad penal al presidente de la CHJ, ni a prácticamente todos los cargos, directivos o no, de dicho organismo", subraya la instructora, que añade que, más allá de la remisión de correos electrónicos entre las 16:13 y las 18:43 horas que informaban sobre el caudal, "ha de atenderse a la información que se proporcionaba por el SAIH", que reflejó una subida de 493.3 m3/segundo a las 18.00 a 1.941 a las 19.20.
La forma de visualización era, como se señala en el informe de la CHJ, a través de la aplicación la SAIHWIN, una app "que se afirma se dispondría por la CCE". En esta línea, señala que "no es admisible en modo alguno" que se desconozca por el secretario autonómico el SAIH ni la forma de acceso a los datos. Y recalca que, en el caso de que fuera así, "dicha ignorancia sería parte de la negligencia que se le ha de atribuir en la gestión de una emergencia".