| 28 de Abril de 2024 Director Benjamín López

× Portada España Investigación Opinión Medios Chismógrafo Andalucía Castilla y León Castilla-La Mancha C. Valenciana Economía Deportes Motor Sostenibilidad Estilo esTendencia Salud ESdiario TV Viajar Mundo Suscribirse

El juez archiva la campaña de bulos contra García Egea y López Miras en Murcia

Según el juez, los hechos que se exponen en la denuncia no pasan de ser una mera sospecha, basada en noticias periodísticas y huérfana de mínimos indicios

| Y.L. España

El titular del juzgado de Instrucción número 7 de Murcia decreta el sobreseimiento de la denuncia por cohecho presentada por Podemos e Izquierda Unida contra el actual presidente de la Región de Murcia y un responsable de Salud, por un supuesto trato de favor al secretario general del PP, Teodoro García Egea.

En la resolución, fechada el 20 de diciembre, el magistrado, haciendo suyo el informe del Ministerio Fiscal estima que procede el archivo del procedimiento “por cuanto que los hechos que se exponen en la denuncia no pasan de ser una mera sospecha, basada en noticias periodísticas y huérfana de mínimos indicios probatorios que avalen el inicio de un procedimiento penal”.

 

De hecho, tal y como ya adelantó ESdiario, el ministerio fiscal no vio indicios de “gestión espuria” por parte de la consejería de sanidad murciano a la hora de tratar a un familiar del secretario general del PP m en concreto, para que se adelantara la fecha de una intervención quirúrgica. 

El fiscal Juan Pablo Lozano matizó que su organismo tuvo acceso a unas certificaciones firmadas por el coordinador de admisión del Servicio Murciano de Salud (SMS). Unos documentos que no solo no muestran irregularidades, sino que “justifican” los plazos y “el tratamiento, prioridad y fechas de la intervención médica objeto de la denuncia”.

Así, el juez ha tenido acceso a dichos documentos, en los que ha sustentado el archivo de la causa. Dos certificaciones de fecha 8 de junio de 2021, firmadas por un responsable del Area 1 del SMS las cuales justifican, en relación al paciente, “la regularidad del tratamiento, prioridad y fechas de intervención médica objeto de la denuncia”.