ESdiario

La Constitución Española se reforma por cuarta vez: Formentera consigue su propio senador

La medida, respaldada por una amplia mayoría parlamentaria, corrige décadas de desigualdad en la representación de la isla, que hasta ahora compartía circunscripción con Ibiza. Con esta modificación —la cuarta desde 1978— se refuerza el carácter territorial de la Cámara Alta y se atiende una reivindicación largamente sostenida por la sociedad formenterense.

Constituición Española.

Constituición Española.Senado de España.

David González
Publicado por

Creado:

Actualizado:

El Senado ha aprobado definitivamente una reforma de la Constitución para que Formentera pueda elegir a su propio senador, poniendo fin a una situación de desigualdad que mantenía a la isla compartiendo representación con Ibiza desde hace décadas. Esta modificación, promovida por el Parlamento de Baleares, supone la cuarta reforma de la Constitución de 1978 y saldrá adelante tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Hasta ahora, el artículo 69.3 establecía que ciertas islas menores compartieran circunscripción electoral, como era el caso de Ibiza y Formentera. Sin embargo, pese a que Formentera cuenta con Consell propio desde 2007 y tiene una población superior a la de otras islas con senador propio, sus ciudadanos no podían elegir directamente a su representante, ya que el resultado dependía principalmente del electorado ibicenco.

La reforma ha sido respaldada por una amplia mayoría parlamentaria tanto en el Congreso como en el Senado, con el único voto en contra de Vox. Este partido justificó su rechazo argumentando que aumentar la representación no necesariamente mejorará la vida de los ciudadanos. Aun así, el consenso entre el resto de formaciones permitió desbloquear una reivindicación histórica que se había intentado sin éxito en varias legislaturas anteriores.

El cambio consiste esencialmente en modificar el texto constitucional para eliminar la referencia conjunta Ibiza-Formentera y reconocer a ambas islas como circunscripciones separadas, otorgando a cada una un senador. Además, se establece que esta nueva configuración será efectiva en las próximas elecciones al Senado.

El proceso de aprobación se aceleró en las últimas semanas y se tramitó mediante lectura única, sin enmiendas en el Senado. No obstante, estuvo a punto de fracasar en el Congreso por una discrepancia sobre la denominación de la isla, que se resolvió cuando el PSOE aceptó mantener la forma en castellano para asegurar el apoyo del PP.

Durante el debate, distintos grupos parlamentarios coincidieron en que esta reforma corrige una “anomalía institucional” y refuerza el carácter territorial del Senado. Se ha calificado como una cuestión de justicia y como el resultado de décadas de reivindicación por parte de la isla.

Mientras tanto, ya se plantea una posible nueva reforma constitucional impulsada por el Gobierno para blindar el derecho al aborto, aunque su aprobación se prevé complicada al requerir mayorías reforzadas que probablemente necesiten el apoyo del Partido Popular.

¿Cómo reformar la Constitución?

Lo cierto es que la Constitución española es una de las más complicadas de reformar, salvo en situaciones como esta. La Carta Magana prevé en sus artículos 167 y 168 los mecanismos para su reforma en función del alcance de los cambios propuestos. El primero, el de la reforma "ordinaria", exige el visto bueno de 3/5 de cada Cámara. Si no se logra, puede aprobarse con 2/3 del Congreso y mayoría absoluta del Senado. Si se da este supuesto se necesita un posterior referendum para ratificar el cambio si así lo solicita en los 15 días previos a la aprobación al menos una décima parte de los miembros de cualquiera de las dos Cámaras.

Senado de España.

Senado de España.Europa Press

En cuanto al artículo 168 está prvisco para ferformas ralacionadas con los Derechos Fundamentales, la Corona o la articulación territorial del Estado y requieren el respaldo de 2/3 tanto de la Cámara Alta como de la Baja. Tras este trámite se procedería a la disolución de las mismas y la convocatoria de elecciones generales. Tras la formación de nuevas Cámaras se procedería al referéndum.

Por lo que sea, nunca se ha recurrido al artículo 168 de la Constitución para su cambio y siempre se ha recurrido al 167 y, también por lo que sea, nunca una décima parte de alguna de las dos Cámaras ha solicitado la revalación del tema mediante referéndum.

Las otras reformas 

La Constitución Española, que en algunos sectores llamaban con humor 'la inamovible', ya va por su cuarta reforama (siempre por la vía del art. 167) y con poca publicadad al respecto. La primera reforma tuvo lugar en 1992, con el objetivo de adaptar el texto constitucional al Tratado de Maastricht. En ese contexto, se modificó el artículo 13.2 para permitir que los ciudadanos de la Unión Europea pudieran presentarse como candidatos en las elecciones municipales en España, ampliando así sus derechos de participación política.

La segunda reforma se produjo en 2011, en un momento marcado por la crisis económica. En esta ocasión, se modificó el artículo 135 para introducir el principio de estabilidad presupuestaria, estableciendo límites al déficit público y otorgando prioridad al pago de la deuda.

En conjunto, estas dos reformas reflejan cómo la Constitución española ha evolucionado de manera limitada, adaptándose a circunstancias específicas sin alterar su estructura fundamental. Hasta la fecha, la Constitución se había reformado por tercera vez en 2024, cuando por unanimidad se aprobó reformar el art.49. El cambio consistió en sustituir el término "disminuidos" por "personas con discapacidad", en línea con la reivindicación histórica de las asociaciones y organizaciones sociales. La proposición, registrada tanto por el Grupo Popular como el Grupo Socialista, salió adelante con 315 "síes" y 33 abstenciones de Vox.

tracking