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El Gobierno, a la desesperada, se agarra ahora a la falta de tiempo para que la 'ley de nietos' llegue a las urnas el 29-N

La Abogacía del Estado ha pedido al Tribunal Supremo que levante la suspensión cautelar que afecta al voto de los nacionalizados cuestionados y alega que resulta “materialmente imposible” revisar los expedientes y diferenciarlos del resto antes de las elecciones generales del 29 de noviembre.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix Bolaños

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Justicia, Félix BolañosJesus Hellin/STUDIO MEDIA 19

Alejandro Ibáñez
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El adelanto electoral al 29 de noviembre ha dado al Gobierno un nuevo argumento para intentar levantar el freno impuesto por el Tribunal Supremo a la denominada 'ley de nietos'. La Abogacía del Estado ha vuelto a reclamar al alto tribunal que deje sin efecto las medidas cautelares y ahora ha colocado en el centro de sus alegaciones el calendario: sostiene que es “materialmente imposible” distinguir a tiempo entre los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) afectados por la decisión judicial y quienes obtuvieron la nacionalidad por otras vías.

La consecuencia práctica de lo que solicita el Gobierno es clave para entender la batalla: si el Supremo mantiene la cautelar, sus efectos alcanzarán a las elecciones del 29-N; si atiende la petición de la Abogacía y la levanta, dejará de operar ese bloqueo sobre los nacionalizados afectados de cara a los comicios. El cierre previo del censo no esquiva por sí mismo la resolución judicial, puesto que el Supremo suspendió también los efectos electorales de inscripciones que ya se habían producido.

“O se suspende a todos o no se suspende a ninguno”

El argumento que ha puesto ahora sobre la mesa la Abogacía del Estado es que la Administración no dispone de tiempo suficiente para ejecutar la cautelar discriminando caso por caso. “O se suspende a todos los españoles inscritos en el CERA —pues los datos que en él se tienen son, globalmente, los de los españoles sin distinción alguna— o no se suspende a ninguno, porque resulta materialmente imposible distinguir a unos de otros en el brevísimo plazo de tiempo del que se dispone”, ha defendido.

Los servicios jurídicos del Estado han explicado que tampoco es posible “discernir en el CERA”, dentro de los reducidos plazos que establece la legislación electoral, entre quienes adquirieron la nacionalidad por la denominada ‘ley de nietos’ y aquellos que son españoles por otros motivos.

Es decir, la falta de trazabilidad suficiente para ejecutar la suspensión antes de las elecciones se convierte ahora en uno de los argumentos de la Abogacía para pedir al Supremo que dé marcha atrás. El Gobierno sostiene que la alternativa conduciría a una suspensión indiscriminada que podría afectar a españoles ajenos a los supuestos cuestionados.

El Supremo frenó sus efectos electorales

La batalla viene del pasado mes de septiembre. El Tribunal Supremo acordó entonces de forma cautelar suspender las nuevas inscripciones y los efectos electorales de determinadas altas en el CERA vinculadas a la ‘ley de nietos’, mientras estudia el fondo del asunto. El alto tribunal justificó la medida, entre otros motivos, en la protección de la transparencia de los procesos electorales ante el incremento del censo.

La decisión cobra ahora una importancia inmediata por el adelanto de las generales. El censo utilizado para el 29-N es el cerrado a 1 de agosto, antes de que se dictara la cautelar, pero eso no deja sin efecto automáticamente la resolución posterior del Supremo. Precisamente por ello, el alto tribunal abrió un nuevo plazo de alegaciones tras la convocatoria electoral antes de decidir si mantiene, modifica o levanta las medidas.

El Gobierno ya había recurrido la suspensión. La Abogacía del Estado ha defendido que “no existe ningún riesgo derivado del crecimiento del CERA” y que su incidencia no puede modificar el resultado electoral “por pura matemática”. Ahora, con las urnas fijadas para el 29 de noviembre, añade un problema de tiempo que considera insalvable.

La Abogacía carga contra Vox

Los servicios jurídicos del Estado también han dirigido sus críticas contra Vox. En sus alegaciones han acusado al partido de perseguir como “verdadero propósito” que “se elimine el derecho de voto de los españoles que proceden del exilio exterior en contra de la constante voluntad del legislador desde 2007”.

La Abogacía defiende, además, que determinados consulados tendrían dificultades para analizar todos los expedientes dentro de los plazos disponibles. Antes incluso del adelanto electoral ya había sostenido que revisar individualmente los casos afectados era una tarea difícil de completar en tiempo; la convocatoria del 29-N ha reducido todavía más ese margen.

El Supremo tiene ahora la última palabra. Deberá decidir si mantiene el freno cautelar que acordó en septiembre o acepta los argumentos de la Abogacía y lo levanta. Y esta vez la decisión ya no tiene únicamente efectos sobre futuros procesos electorales: determinará cómo se aplica la suspensión en unas elecciones generales que se celebran en apenas unas semanas.

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