EÑECCIONES GENERALES
Los partidos se juegan las subvenciones del 29N: el Tribunal de Cuentas vigilará cada euro de campaña
El organismo establece controles sobre donaciones, facturas, publicidad y gastos electorales, con posibles recortes de las ayudas públicas para las formaciones que incumplan las normas.

Santiago Abascal, Irene Montero, Ada Colau, Luis María Pardo, Alberto Núñez Feijóo y Pedro Sánchez
El Tribunal de Cuentas ha establecido las reglas que deberán cumplir los partidos políticos para justificar el dinero destinado a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La instrucción, aprobada el 29 de octubre y publicada este jueves 5 de noviembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE), fija los procedimientos de fiscalización de las cuentas electorales y las consecuencias económicas que pueden afrontar las formaciones que incumplan sus obligaciones.
La resolución afecta a los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores que concurran a los comicios y estén obligados a presentar su contabilidad electoral. El objetivo de la fiscalización será comprobar tanto la procedencia de los fondos utilizados durante la campaña como el destino del dinero y el cumplimiento de los límites de gasto establecidos por la legislación.
Uno de los principales controles estará relacionado con las donaciones privadas. Las formaciones tendrán que identificar a las personas que financien sus campañas y documentar las aportaciones recibidas, incluidas las realizadas mediante plataformas de financiación colectiva. La normativa establece un límite de 10.000 euros por persona para las aportaciones a cuentas electorales.
El Tribunal también examinará los préstamos y créditos contratados por los partidos, las transferencias procedentes de sus propias cuentas y la documentación que permita acreditar el origen de los ingresos.
Las facturas y los mítines, bajo vigilancia
La fiscalización no se limitará a las cantidades ingresadas. Los partidos deberán justificar los gastos realizados durante la campaña electoral, desde la publicidad hasta la organización de actos, la contratación de servicios y la distribución de propaganda.
Entre las obligaciones previstas figura la presentación de justificantes de los gastos superiores a 1.000 euros, IVA incluido. Cuando un gasto individual supere los 50.000 euros, será necesario aportar también el contrato o presupuesto correspondiente.
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Asimismo, las formaciones tendrán que facilitar información sobre los mítines y actos electorales celebrados, con indicación de las fechas, lugares y finalidad de cada convocatoria.
La propaganda enviada a los domicilios también estará sometida a comprobaciones. Los partidos deberán acreditar los envíos realizados y su distribución para poder optar a las subvenciones correspondientes. El buzoneo sin destinatario identificado no podrá computarse como envío directo y personal subvencionable.
El incumplimiento puede costar dinero público
La instrucción contempla consecuencias económicas para las formaciones que vulneren las reglas de financiación electoral. Entre ellas se encuentran posibles reducciones de las subvenciones públicas cuando se detecten aportaciones irregulares, gastos no justificados o pagos efectuados al margen de los procedimientos establecidos.
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En determinados supuestos, las reducciones propuestas pueden alcanzar el doble de las cantidades consideradas irregulares. También se prevén reducciones relacionadas con pagos en efectivo, operaciones realizadas fuera de las cuentas electorales y abonos efectuados después del plazo legal.
La falta de presentación de la contabilidad puede llevar al Tribunal de Cuentas a proponer que una formación no reciba la subvención electoral correspondiente. Por su parte, superar los límites legales de gasto puede dar lugar a un procedimiento sancionador.
Estas medidas deberán aplicarse tras el correspondiente
Las cuentas se examinarán después de las elecciones
Las formaciones obligadas a rendir cuentas deberán presentar su documentación entre el 9 de marzo y el 3 de abril de 2027, una vez celebradas las elecciones generales.
El control también alcanzará a terceros. Los proveedores que hayan facturado más de 10.000 euros por gastos electorales deberán comunicar sus operaciones al Tribunal de Cuentas, al igual que las entidades financieras que hayan concedido créditos a las candidaturas.
Con esta información, el organismo podrá contrastar los importes declarados por los partidos con los datos facilitados por las empresas y entidades que hayan participado en la financiación y organización de las campañas.