| 26 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Eduardo Zaplana
Eduardo Zaplana

Zaplana se defiende y tacha de “7 años de instrucción inquisitorial” el juicio

El juez abre juicio oral contra el ex presidente y la Fiscalía le pide 19 años de cárcel por el caso de las ITV y del plan eólico

| E. M. Edición Valencia

“Confío en que, tras estos largos siete años de instrucción inquisitorial, en el acto del juicio oral se puedan practicar las pruebas que me permitan demostrar mi inocencia y que hasta el momento me han sido vedadas”, han sido las declaraciones del ex presidente de la Generalitat y ex ministro, Eduardo Zaplana, tras saltar la noticia de que le abre juicio oral y que la Fiscalía Antocorrupción le pide 19 años de cárcel por el caso de las ITV.

En concreto, la Fiscalía Anticorrupción solicita 19 años de prisión para Eduardo Zaplana por los delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, cohecho, falsedad en documento oficial y mercantil y prevaricación administrativa dentro del conocido como caso Erial. Además, le reclama una multa de 40 millones de euros y otras dos más que suman 72.000 y 36.000 euros.

 

Así consta en la calificación fiscal al Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia, que instruyó este caso en el que se ha investigado el supuesto cobro de más de 10 millones de euros en comisiones derivadas de concesiones de ITV y parques eólicos de la Comunitat Valenciana en la época de Zaplana, a través de una organización formada por un núcleo de personas cercanas al ex presidente.

Zaplana, en un comunicado, ha indicado que “una vez visto el escrito de acusación del Fiscal, muestro mi más absoluta disconformidad con sus conclusiones y reitero mi inocencia de todos los cargos que se me imputan”

 

“Al menos, el Fiscal reconoce la ausencia de responsabilidad de determinadas personas que se han visto sometidas injustamente a este procedimiento durante años, de lo que me congratulo, del mismo modo que lamento que esa exclusión de responsabilidad no se haya hecho extensiva a otras personas a las que se imputó por el mero hecho de mantener relaciones de parentesco, amistad o laborales”, ha continuado.