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La Audiencia empieza a deliberar la opción de llevar al TC ante la justicia europea por el caso ERE

Los magistrados decidirán si elevan al TJUE la maniobra del Tribunal Constitucional por si "se ha extralimitado" en la revisión de las sentencias de los condenados por los ERE.

El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, en los juzgados de Sevilla.

El expresidente de la Junta, José Antonio Griñán, en los juzgados de Sevilla.Europa Press

Manuela Herreros
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La Audiencia Provincial de Sevilla tiene por delante emitir las nuevas sentencias como consecuencia de la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de anular sus condenas a una decena de inculpados, entre los expresidentes socialistas de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos. Pero antes, aborda este mismo jueves la primera de las tres jornadas fijadas para deliberar si plantea finalmente o no una cuestión prejudicial sobre el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En una nueva providencia emitida por la Sección Primera de la Audiencia, que recientemente habilitaba un plazo de diez días, para que las partes del procedimiento judicial informasen sobre si en este caso, el Constitucional "se ha extralimitado" con una "interpretación alternativa de la prevaricación y la malversación" en sus sentencia anulatorias de las condenas, si la doctrina introducida por tal tribunal para las nuevas sentencias "incumple las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción" y por la posibilidad de no aplicar tales sentencias anulatorias de las condenas.

En concreto, el tribunal de la Audiencia ha fijado los próximos días 24 (este jueves) y 29 de abril y 13 de mayo, para celebrar dicha "deliberación".

La Audiencia sigue su camino después de los informes de Conde-Pumpido

Los magistrados de la Audiencia hispalense mantienen su ruta, después de la polémica desatada por el presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, que encargó un informe a los letrados de la corte de garantías para estudiar si la Audiencia puede o no formular esta cuestión prejudicial al TJUE sobre este asunto; los informes jurídicos emitidos al respecto resolvieron que no se puede impedir que los jueces y tribunales consulten al TJUE, aunque se trate de sentencias del TC que 'a priori' deben ejecutar.

Algunos de estos informes de los letrados del TC advertían de que el simple debate en el seno de la corte de garantías podría suponer ya una injerencia en la independencia judicial constitutiva de sanción por parte de la Unión Europea; mencionando uno de estos informes encargados por Conde-Pumpido que "la prudencia y el respeto institucional al ámbito competencial de las distintas jurisdicciones impiden sugerir ningún tipo de actuación por parte del TC en una tesitura como la abierta" por la Audiencia de Sevilla.

El propio Conde-Pumpido verbalizó en un reciente desayuno informativo que el TC no impediría ninguna pregunta al TJUE, si bien defendió que "tiene la obligación de reflexionar" sobre un "asunto novedoso".

La interpretación de la malversación y la prevaricación que puede llegar a Europa

A grandes rasgos, el TC ha declarado que la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en su sentencia inicial condenatoria y el Tribunal Supremo al desestimar los recursos de casación de los citados acusados, habrían "incurrido en una interpretación extravagante e imprevisible de los elementos típicos de 'resolución' y 'asunto administrativo' que vulnera el derecho fundamental a la legalidad penal que garantiza el artículo 25 de la Constitución Española".

Y es que según el TC, "no cabe considerar que la participación en la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos y su aprobación como proyectos de ley pueda ser calificada como resoluciones recaídas en asunto administrativo"; avisando de que "los jueces, que están sometidos al imperio de la ley, tienen el deber de respetarla cualquiera que sea el juicio que su contenido les merezca" y "solo cuando consideran que es inconstitucional y que de su validez depende el fallo deben plantear cuestión de inconstitucionalidad, pero fuera de este supuesto no podrán cuestionar sus determinaciones".

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