El TSJ del País Vasco avala el despido de una directora de Caixabank por ausencias reiteradas
La entidad acreditó ausencias frecuentes durante la jornada, incluso para acudir a la peluquería o realizar gestiones personales.
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
El tribunal consideró rota la confianza entre la empresa y la trabajadora, aplicando el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) del País Vasco ha declarado procedente el despido de una directora de oficina de Caixabank que, según acreditó la entidad, faltaba a su puesto de trabajo en repetidas ocasiones durante el horario laboral. En algunos casos, la empleada acudía a la peluquería o realizaba gestiones personales. El caso ha reabierto el debate sobre los límites de la flexibilidad horaria y las obligaciones de presencia efectiva en el trabajo. (poderjudicial.es).
Despiden a una directora de Caixabank por irse en horario laboral: el TSJ lo considera justo
Tribunal Superior de Justicia del Pais Vasco
Un caso con amplio seguimiento judicial
Según Legal Today, la trabajadora —que ocupaba un puesto de dirección en una oficina del País Vasco— fue despedida disciplinariamente en 2022 por ausencias reiteradas y sin justificación durante la jornada laboral.
Caixabank argumentó que esas salidas no estaban amparadas por la política interna ni por acuerdos de flexibilidad, y que afectaban al funcionamiento del equipo. El TSJ confirmó que la entidad actuó conforme al artículo 54.2.a del Estatuto de los Trabajadores, que contempla el incumplimiento grave de la buena fe contractual y el abuso de confianza como causa de despido disciplinario.
Qué valoró el tribunal para declarar el despido procedente
La imagen simbólica de la Justicia (Pixabay)
El fallo del TSJ del País Vasco, recogido por Hoy Aragón y otros medios, destaca que la directora salía con frecuencia de la oficina sin autorización previa, en ocasiones durante el horario de atención al público. El tribunal subrayó que su puesto implicaba funciones de responsabilidad y ejemplo para el resto del personal, por lo que la reiteración de estas conductas suponía “una pérdida de confianza irreparable”.
Según El Derecho, la entidad presentó registros horarios, correos electrónicos y declaraciones de compañeros que demostraron que la trabajadora no cumplía con el horario pactado. El tribunal descartó su defensa, que alegaba flexibilidad horaria, ya que no existía constancia de autorización ni práctica habitual que la avalara.
Maquina de control horario
Además, la sentencia señala también manipulación del control horario, un hecho considerado probado en la nota oficial del Poder Judicial. Sin embargo, otros detalles citados por la prensa, como la cesión de contraseñas o el uso indebido de la alarma de seguridad, no aparecen en el comunicado judicial, por lo que deben atribuirse según versiones periodísticas (Hoy Aragón).
Relevancia del caso: límites de la flexibilidad laboral
Sentencia judicial
El caso ha generado atención porque plantea hasta qué punto la flexibilidad puede aplicarse a cargos directivos. Según Noticias Trabajo, el tribunal recordó que la confianza depositada en un empleado con funciones de gestión no lo exime de cumplir la jornada, salvo pacto expreso o causa justificada.
La sentencia, no se basó en un único episodio, sino en un patrón de ausencias reiteradas debidamente documentadas por la empresa. Por tanto, no se trató de una sanción por una salida puntual, sino de una conducta prolongada incompatible con la buena fe contractual.
En algunos medios como se menciona que la trabajadora cobraba 7.345 euros al mes, pero este dato no consta en la sentencia y procede según Noticias Trabajo, que cita fuentes laborales internas.
Qué dice el Estatuto de los Trabajadores sobre este tipo de faltas
Estatuto de los Trabajadores
El artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece que el despido disciplinario será procedente cuando exista incumplimiento grave y culpable del trabajador. Entre los supuestos recogidos están la transgresión de la buena fe contractual, las faltas repetidas de asistencia o puntualidad y el abandono del puesto de trabajo.
Según El Derecho, los tribunales suelen declarar procedente el despido cuando se demuestra pérdida de confianza o afectación al servicio. En este caso, el TSJ interpretó que las ausencias y la manipulación del control horario vulneraban directamente la buena fe contractual y justificaban la pérdida de confianza.
Implicaciones para empresas y trabajadores
Empleados en reunión
El fallo refuerza la importancia de la confianza como elemento esencial del contrato laboral, especialmente en puestos de responsabilidad. Las empresas pueden ampararse en esta doctrina cuando acreditan incumplimientos reiterados mediante registros de jornada o testigos.
Para los trabajadores, Noticias Trabajo recuerda que la flexibilidad debe estar formalmente acordada o justificada. Las ausencias sin comunicación o las salidas frecuentes pueden interpretarse como faltas graves y derivar en despido procedente. Además, el control horario es una herramienta fundamental para prevenir conflictos y demostrar el cumplimiento de la jornada.
En conclusión, la resolución del TSJ del País Vasco (sentencia 2817/2025) establece una pauta clara: la autonomía y la confianza no sustituyen al cumplimiento del horario ni a las normas internas. Aunque la flexibilidad es una tendencia creciente, el tribunal recordó que los cargos de dirección deben mantener un estándar ejemplar de cumplimiento.
El despido de la directora de Caixabank se consideró procedente por un incumplimiento reiterado, acreditado y contrario a la buena fe contractual. Si te ha gustado el artículo compártelo en tus redes sociales y déjanos un comentario con tu opinión.
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