investigación dana
El TSJCV cierra la puerta a investigar a Mazón por la dana: no tenía "deber jurídico de actuación" y su aforamiento es legítimo
El Pleno de la Sala Civil y Penal ratifica por unanimidad su decisión de marzo y rechaza todos los recursos de las acusaciones, que argumentaban vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva de las 230 víctimas mortales.

El ex presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón.
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha dado carpetazo definitivo, por unanimidad y por segunda vez, a la posibilidad de investigar al expresident, Carlos Mazón, por su actuación durante la dana del 29 de octubre de 2024. El Pleno de la Sala de lo Civil y Penal ha desestimado todos los recursos de súplica presentados por las acusaciones y ha confirmado íntegramente el auto que dictó el pasado 16 de marzo: el TSJCV no es competente para investigar a Mazón y el caso queda archivado en lo que al alto tribunal valenciano respecta.
Comunidad Valenciana
La jueza afirma que Mazón no tuvo responsabilidades de coordinación el día de la dana
Sergi Tarazona
El argumento central de la resolución es el mismo que ya esgrimió en marzo: el entonces president de la Generalitat no tenía atribuido un "deber jurídico de actuación" en la gestión de la emergencia y, por tanto, no ocupaba la llamada "posición de garante" que la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige para apreciar indicios de un delito de homicidio imprudente por omisión. Es decir, que la ley autonómica no le encomendaba a él la responsabilidad directa de gestionar la catástrofe, sino a los responsables del Plan Especial de Inundaciones.
La sala rechaza también que su decisión haya vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de los recurrentes. El tribunal aclara que ese derecho no garantiza un resultado concreto a quienes lo invocan, sino únicamente el derecho a obtener una resolución motivada, razonable y fundada en derecho. Y esa resolución, según los magistrados, existe y está debidamente explicada.
Otro de los frentes que los recurrentes habían abierto era el del aforamiento. Las acusaciones argumentaban que Mazón había hecho un uso abusivo de su condición de diputado para blindarse judicialmente, estableciendo un paralelismo con el llamado caso Gallardo, en el que el TSJ de Extremadura sí apreció ese abuso al tratarse de alguien que adquirió el fuero parlamentario justo antes de la apertura de un juicio oral. El TSJCV rechaza ese paralelismo de plano: Mazón figura como diputado de la XI legislatura desde su inicio, el 26 de junio de 2023, muy anterior a la dana, por lo que no existe adquisición sobrevenida del aforamiento con intención de eludir la justicia.
La resolución no cierra, sin embargo, todas las vías judiciales abiertas. La investigación continúa en el Juzgado de Instrucción de Catarroja, que sigue adelante con su causa penal sobre la gestión de la emergencia, aunque sin que Mazón figure en ella como investigado tras la decisión del TSJCV. Sin embargo, hace apenas unos días, la jueza, recogiendo la resolución del mismo Tribunal Supremo, aseguró, en un auto, que Mazón carecía de cualquier responsabilidad organizativa el día de la dana y que esa gestión "recae sobre los responsables del Plan Especial de Inundaciones de la Comunidad Valenciana, en las dos fases por las que atravesó la emergencia".
Las asociaciones de víctimas, que este mismo domingo volvieron a manifestarse en Valencia reclamando prisión para el expresident, han avisado de que agotarán todas las instancias judiciales disponibles, incluido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos si fuera necesario.