| 26 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi. Europa Press.
El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi. Europa Press.

Patronal y sindicatos pactan la subida del 10% del salario en tres años

La CEOE califica de "buen acuerdo para el país" el que afecta a 10,7 millones de trabajadores amparados por un convenio colectivo (el 62% de los afiliados a la Seguridad Social).

| Juan P. Burgueño Economía

CEOE, Cepyme y UGT han aprobado por unanimidad el V Acuerdo Interconfederal para el Empleo y la Negociación Colectiva (AENC), que contempla una subida de los salarios de los trabajadores del 4% para 2023, y del 3%, en 2024 y 2025 para un total del 10% en todo el periodo. Por su parte, CCOO citará a su Comité Confederal este martes para ratificarlo.

Los órganos de dirección de la CEOE se han reunido este lunes para dar su aprobación al texto, que contaba con un preacuerdo al que llegaron el viernes UGT y CCOO, y desde la patronal no ha formulado ninguna crítica.

El presidente de ATA y vicepresidente de la CEOE, Lorenzo Amor, ha calificado de "buen acuerdo para el país" el que han alcanzado empresarios y sindicatos. En un acto organizado por la Cámara de Comercio de Sevilla, Amor ha apuntado que es un pacto "responsable" que va a generar "estabilidad" y "paz social" entre autónomos, empresas y trabajadores.

"Es un acuerdo que, mientras el Gobierno estaba insultando, menospreciando y demonizando al tejido empresarial, nosotros estábamos negociando", ha defendido Amor, que ha negado que los empresarios estuvieran "bloqueando el acuerdo salarial".

¿A quién beneficia la subida?

Un total de 10,7 millones de trabajadores asalariados están afectados por un convenio colectivo y podrán ser potenciales beneficiarios del acuerdo. Estos son el 51,94% de los 20,6 millones de afiliados a la Seguridad Social y el 62,20% de los 17,2 millones de afiliados que son asalariados.

El preacuerdo incluye, además, una cláusula de revisión salarial que se activaría en función de la evolución de la inflación y que podría elevar un 1% adicional el incremento de sueldo ya adoptado en cada ejercicio para garantizar el poder adquisitivo. Así, si finalizado este año el IPC interanual de diciembre de 2023 fuera superior al 4% de subida salarial recomendada, se aplicará un aumento adicional máximo del 1% desde el 1 de enero de 2024.

 

Según la estadística de Trabajo, la mayor parte los convenios registrados hasta marzo no cuentan con esta cláusula: de los 2.186 convenios contabilizados en el primer trimestre, sólo el 15,8% (345) disponía de ella y 243 contemplan que se aplique con efectos retroactivos.

De los 6,74 millones trabajadores amparados por los convenios registrados hasta marzo, 1,8 millones (26,25%) tienen cláusula de revisión.

Aunque en 2022 la inflación media fue del 8,4%, ha quedado fuera del pacto un incremento de sueldos para carácter retroactivo, algo que la CEOE rechazaba hasta ahora.

Incremento irregular según convenio

Cabe recordar que tanto el texto como las subidas en él reflejadas no son de obligado cumplimiento, a lo que hay que añadir que los convenios no se firman siempre con una vigencia de tres años ni en los plazos marcados por los agentes sociales. Así las cosas, habrá que empresas que se encuentren negociando ahora los suyos y otras con él aún vigor, lo que supondrá que no todas las subidas salariales se hagan efectivas por igual entre todos los trabajadores,

El AENC es el texto en el que sindicatos y empresarios recogen recomendaciones para sus negociadores de convenios colectivos. Los acuerdos suelen contemplar un camino salarial, teniendo en cuenta las circunstancias específicas de su ámbito, y otros asuntos relacionados con el empleo, como la contratación. Aunque no es de obligado cumplimiento, sirve de guía a las partes cuando se inicia la negociación de un convenio colectivo.

Deberes al Gobierno

Los agentes sociales aconsejan desarrollar a través de los convenios colectivos "toda la virtualidad del contrato de fijos-discontinuos", regulando aquellos aspectos que permitan una mejor adaptación a las necesidades de los trabajadores, los sectores y las empresas, "incluida la habilitación para que las empresas de trabajo temporal (ETT), puedan realizar contratos fijos-discontinuos para la cobertura de posiciones temporales de la empresa usuaria".

 

Asimismo, para conseguir el objetivo de la estabilidad en el sistema de contratación, expresan que el contrato a tiempo parcial indefinido puede ser una herramienta adecuada para atender las necesidades de flexibilidad de empresas y trabajadores.

Las partes también apuestan por desarrollar en la negociación colectiva el acuerdo del teletrabajo y establecer pautas compartidas en el desarrollo efectivo del derecho a la desconexión digital.

Además, emplazan al Ejecutivo a adaptar la actual normativa de revisión de precios en los contratos públicos para permitir su actualización en determinadas situaciones. Ésta es una demanda que viene haciendo desde hace tiempo la CEOE y uno de los motivos que esgrimió para no apoyar las últimas subidas del SMI.

"Las personas trabajadoras y las empresas que participan en la contratación pública en los sectores intensivos en mano de obra no pueden ser de nuevo los paganos de una norma que impide de facto revisar precios y, con ello, salarios, incluso en situaciones extremas como las actuales", detalla el acuerdo.