| 23 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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El TSJ da la razón al sindicato Jupol declarando a la DGP "responsable subsidiaria"
El TSJ da la razón al sindicato Jupol declarando a la DGP "responsable subsidiaria"

El TSJ condena a la Policía Nacional y da la razón a un agente agredido

Un juzgado de Elche había denegado la reparación de daños al policía al no haberse podido localizar al autor de la agresión para reclamarle el pago

| A. Maestre Edición Elche

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha reconocido el derecho de un agente de la Policía Nacional de Elche a ser indemnizado por la Dirección General de Policía (DGP) por las lesiones sufridas en acto de servicio. El agente fue víctima de una grave agresión mientras participaba en el control de un acto con un tumulto de personas, sin que se pudiese identificar al agresor o agresores. Precisó de una intervención quirúrgica y le quedaron algunas secuelas físicas y estéticas.

Tras habérsele denegado la indemnización en primera instancia, ahora el TSJ ha ordenado resarcir al agente con 13.927,30€ calculados a partir del baremo de daños que maneja la DGP para reclamar estos importes a los agresores, gracias a la asistencia de los servicios jurídicos de Jupol.

El portavoz del sindicato Jupol en Alicante, David García, ha calificado esta decisión como “una sentencia inédita” -la primera de estas características que se consigue en la provincia de Alicante- y confía en que “sentará jurisprudencia en el resto de España” para acabar con la indefensión de la que eran víctimas los agentes agredidos ‘sin autor conocido’. La organización sindical no entiende cómo se le podía denegar a un agente una indemnización por lesiones cuando el agresor no hubiese sido detenido o identificado, y sostenían en todo momento que la DGP debía tutelar ese tipo de situaciones para garantizar la protección de los hombre y mujeres que cada día se enfrentan a posibles actuaciones donde pueden recibir respuestas violentas.

La DGP es responsable subsidiaria

Hasta ahora, cuando no se localizaba al agresor, los agentes se quedaban sin percibir indemnización alguna, a pesar de que las agresiones ocurriesen en acto de servicio. Ahora el TSJ ha dictaminado que la DGP es titular de la responsabilidad subsidiaria de los agentes a su cargo y ha condenado al organismo policial a responder por los daños sufridos por el agente ilicitano en acto de servicio. El TSJ también ha condenado en costas a la Dirección de la Policía.

 

El alto tribunal valenciano considera que el Auto de Sobreseimiento de la reclamación de indemnización dictada por el Juzgado de Instrucción número 1 de Elche es “contraria a derecho”, y declara nula la resolución de 15 de mayo de 2018. El perjudicado percibirá 13.927,30€ más los intereses legales calculados desde esa fecha. La sentencia todavía no es firme, ya que cabe recurso de casación al Tribunal Supremo en un plazo de treinta días.