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Justicia y extraterritorialidad

La Audiencia Nacional cierra la vía judicial en España a la querella por torturas vinculada al entorno de Maduro

La Audiencia Nacional española ha decidido no admitir una querella que acusaba a la ex fiscal general venezolana y a un ex-general de torturas cometidas en Venezuela

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, y su esposa, Cilia Flores, escoltados por agentes de la DEA

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, y su esposa, Cilia Flores, escoltados por agentes de la DEAKyle Mazza-CNP

Patricia Rodríguez Corchado

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La Audiencia Nacional ha inadmitido la querella presentada por presuntos delitos de torturas y contra la integridad moral contra la ex fiscal general de Venezuela, Luisa Ortega Díaz, y el exgeneral Miguel Rodríguez Torres, antiguos altos cargos del Estado venezolano durante el mandato de Nicolás Maduro. La Sala de lo Penal confirma así la decisión adoptada previamente por un juzgado de instrucción y cierra la puerta a que la causa sea investigada en España.

En su resolución, el tribunal concluye que los hechos relatados por la querellante, una ciudadana venezolana que denunció haber sufrido detenciones ilegales y malos tratos, no cumplen los requisitos exigidos por la legislación española para activar la jurisdicción universal. Los magistrados subrayan que los delitos denunciados ocurrieron fuera del territorio nacional y que ni las víctimas ni los investigados tenían nacionalidad española en el momento de los hechos.

La Audiencia también señala que la querella no aporta indicios suficientes para acreditar la existencia de un ataque sistemático o generalizado contra la población civil que permita calificar los hechos como crímenes de lesa humanidad, una de las pocas excepciones que permitirían la intervención de los tribunales españoles.

Límites legales

El auto recuerda que la jurisdicción universal en España quedó notablemente restringida tras la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que exige una conexión directa con el país para investigar delitos cometidos en el extranjero. En este caso, los magistrados consideran que esa conexión no existe y que la causa no puede ser asumida por la justicia española.

Además, la Sala destaca que los presuntos crímenes cometidos en Venezuela están siendo analizados en instancias internacionales, como la Corte Penal Internacional, lo que refuerza el carácter subsidiario de la intervención judicial española.

Con esta decisión, la Audiencia Nacional pone fin a la vía judicial en España para esta querella concreta, sin entrar a valorar el fondo de las acusaciones, que quedan fuera de su competencia.

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