Dos sentencias europeas ponen a prueba la amnistía de Sánchez: el TJUE dicta mañana su veredicto
La Gran Sala de Luxemburgo resolverá las dudas planteadas sobre el dinero público destinado al ‘procés’ y la aplicación de la norma a los miembros de los CDR investigados por terrorismo

La Gran Sala de vistas del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), con sede en Luxemburgo.
La Ley de Amnistía afronta este jueves, 16 de julio, su primer examen decisivo ante la Justicia europea. La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictará las dos primeras sentencias sobre la compatibilidad de la norma con el Derecho comunitario, en respuesta a las cuestiones prejudiciales remitidas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.
Los pronunciamientos serán vinculantes para los órganos judiciales españoles, aunque Luxemburgo no juzgará la totalidad de la ley ni decidirá directamente sobre su constitucionalidad. El TJUE determinará si determinados aspectos de su aplicación respetan las obligaciones derivadas del ordenamiento europeo, especialmente en materia de protección de los intereses financieros de la Unión y lucha contra el terrorismo.
La primera sentencia está relacionada con el procedimiento abierto por el Tribunal de Cuentas contra el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y otros antiguos responsables catalanes por el uso de fondos públicos para financiar el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y la actividad exterior desarrollada para promover el proceso independentista.
El órgano fiscalizador planteó si la extinción de esas responsabilidades contables mediante la amnistía podía perjudicar los intereses financieros de la Unión Europea, vulnerar el derecho a la tutela judicial efectiva o impedir que se aclarase el destino de determinadas cantidades de dinero público.
La segunda resolución responderá a la cuestión prejudicial elevada por la Audiencia Nacional en la causa seguida contra varios integrantes de los Comités de Defensa de la República, investigados en la denominada Operación Judas por presuntos delitos de terrorismo. Los magistrados españoles pidieron a Luxemburgo que aclarase si la aplicación de la amnistía podía entrar en conflicto con la directiva europea contra el terrorismo y generar la impunidad de conductas que el Derecho comunitario obliga a perseguir.
Las sentencias llegan siete meses después de que el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, presentara sus conclusiones sobre ambos procedimientos. Su opinión no obliga a los quince jueces que componen la Gran Sala, pero suele anticipar la orientación seguida posteriormente por el tribunal.
Spielmann descartó que los gastos investigados por el Tribunal de Cuentas afectasen directamente a los intereses financieros de la Unión Europea. Según razonó, no existe una relación suficientemente directa entre las actuaciones vinculadas al proceso independentista y una posible reducción de los ingresos puestos a disposición del presupuesto comunitario.
El abogado general sí advirtió de que el plazo máximo de dos meses previsto en la ley para que los tribunales decidan sobre la aplicación de la amnistía podría resultar insuficiente. A su juicio, esa limitación temporal puede dificultar que los jueces comprueben adecuadamente el origen de los fondos y su utilización efectiva antes de cerrar los procedimientos.
En el caso de los CDR, Spielmann consideró que la amnistía no entra necesariamente en conflicto con la normativa europea contra el terrorismo. También rechazó que la norma española pueda calificarse como una «autoamnistía» y sostuvo que fue aprobada dentro de un contexto de reconciliación política y social.
El abogado general señaló, además, que la ley excluye expresamente los actos que hayan provocado de manera intencionada violaciones graves de los derechos humanos. No obstante, dejó en manos de los tribunales españoles la comprobación de que las conductas concretas examinadas cumplen las condiciones necesarias para quedar incluidas en la medida de gracia.
Esta interpretación se distanció en algunos puntos de la posición defendida por la Comisión Europea durante las vistas celebradas en Luxemburgo. Bruselas expresó dudas sobre que la ley respondiera realmente al interés general y recordó que su aprobación fue consecuencia del acuerdo político alcanzado por el PSOE con los partidos independentistas para garantizar la investidura de Pedro Sánchez.
El Gobierno confía en que las dos sentencias respalden la aplicación de la norma. La ministra portavoz, Elma Saiz, aseguró tras el Consejo de Ministros que el Ejecutivo espera un pronunciamiento «claro y contundente» que permita aplicar la amnistía «con diligencia y sin más dilación».
Los fallos no supondrán automáticamente la amnistía de Puigdemont ni el levantamiento inmediato de la orden nacional de detención que pesa sobre él. Sin embargo, fijarán los criterios europeos que deberán seguir el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y el Tribunal de Cuentas al decidir sobre la malversación, las responsabilidades contables y los delitos atribuidos a los CDR.
El TJUE ha recibido hasta cuatro cuestiones prejudiciales relacionadas con la Ley de Amnistía. Las resoluciones de este jueves serán las primeras y marcarán el camino para los restantes procedimientos pendientes, así como para los recursos que continúan abiertos ante los tribunales españoles.