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Doble ofensiva judicial ante el 29N: Iustitia Europa pide al Supremo cautelarísimas por el censo y el DNI digital

Iustitia Europa reclama suspender el uso de MiDNI y determinadas inscripciones censales antes de las elecciones del 29N.

Luis María Pardo, presidente de Iustitia Europa

Luis María Pardo, presidente de Iustitia EuropaIE

Patricia Rodríguez Corchado

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A tan solo 23 días de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre, Iustitia Europa ha vuelto a acudir al Tribunal Supremo con dos nuevos recursos contencioso-administrativos y sendas solicitudes de medidas cautelarísimas que afectan directamente a la jornada electoral. La formación presidida por Luis María Pardo pretende suspender la utilización del DNI digital para identificar a los votantes y los efectos electorales de determinadas inscripciones censales vinculadas a la conocida como Ley de Nietos.

Los recursos fueron presentados durante la noche del jueves 5 de noviembre, según acreditan los justificantes de LexNET. Ambos se dirigen contra acuerdos adoptados ese mismo día por la Junta Electoral Central (JEC), cuya actuación cuestiona la formación por considerar que no se han resuelto cuestiones esenciales relacionadas con las garantías del proceso electoral.

La petición es especialmente urgente porque Iustitia Europa solicita al Alto Tribunal que adopte las suspensiones inaudita parte, es decir, sin escuchar previamente a la parte contraria, ante la proximidad de los comicios.

En el primero de los recursos, la formación vuelve a poner el foco en las consecuencias electorales de la Ley de Memoria Democrática, conocida popularmente como Ley de Nietos, y en las inscripciones de ciudadanos que adquirieron la nacionalidad española mediante los procedimientos contemplados en esta normativa.

La controversia se remonta al pasado mes de junio, cuando Iustitia Europa comenzó a reclamar comprobaciones sobre determinadas altas en el censo electoral. Aquellas actuaciones desembocaron en un procedimiento ante el Tribunal Supremo que dio lugar a medidas cautelares el 10 de septiembre, posteriormente mantenidas mediante un auto del 12 de octubre.

Sin embargo, la formación detectó otras dos situaciones que, a su juicio, podían comprometer la eficacia de aquellas medidas: ciudadanos que habían pasado del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) al Censo Electoral de Residentes en España (CER) y determinadas inscripciones correspondientes a hijos mayores de edad acogidos al Anexo III de la normativa.

El 29 de octubre, el Tribunal Supremo acordó no resolver la petición de ampliación de las medidas cautelares porque estas cuestiones quedaban fuera del objeto del procedimiento inicial.

Iustitia Europa acudió entonces a la Junta Electoral Central para solicitar nuevas comprobaciones. No obstante, el organismo electoral respondió el 5 de noviembre remitiendo las cuestiones planteadas a los procedimientos judiciales existentes, sin pronunciarse materialmente sobre las verificaciones reclamadas.

Ante esta situación, la formación ha presentado un nuevo recurso para solicitar que se suspendan cautelarmente los efectos electorales de las inscripciones afectadas hasta que pueda comprobarse individualmente su regularidad.

"Conseguimos que el Tribunal Supremo adoptara medidas cautelares para proteger el censo. Ahora exigimos que esas medidas sean efectivas", sostiene Luis María Pardo.

El presidente de Iustitia Europa advierte de que las medidas judiciales podrían perder eficacia si determinadas inscripciones inicialmente afectadas por la suspensión pasan a producir efectos electorales a través de otros supuestos censales pendientes de comprobación.

El DNI digital, también ante el Supremo

El segundo recurso abre otro frente relacionado con la identificación de los electores. Iustitia Europa solicita la suspensión inmediata del uso de la aplicación MiDNI después de que la Junta Electoral Central levantara el 5 de noviembre la prohibición de utilizarla como medio de identificación en las mesas electorales.

La decisión de la JEC se fundamenta en la confirmación del Ministerio del Interior de que las mesas dispondrán de dispositivos con cámara y navegador capaces de verificar los códigos QR temporales generados por la aplicación mediante el sistema oficial.

La Junta Electoral mantiene, sin embargo, suspendida la utilización de MiDGT.

La formación considera que la disponibilidad de lectores no resulta suficiente para acreditar que el sistema funcionará correctamente durante toda la jornada electoral.

En su recurso, cuestiona la ausencia de un protocolo operativo completo acreditado que establezca cómo deberán actuar los miembros de las mesas si se producen problemas de conexión, fallos de los dispositivos, agotamiento de las baterías o dificultades para verificar los códigos QR.

También reclama instrucciones uniformes para determinar qué debe hacerse cuando la identificación digital de un elector no pueda completarse.

"La Junta Electoral Central levanta la suspensión porque Interior asegura que habrá lectores QR. Pero un lector no es un protocolo electoral", denuncia Luis María Pardo.

El dirigente insiste en que disponer del dispositivo no resuelve por sí solo todas las incidencias que podrían producirse durante las votaciones.

"¿Qué hará el presidente de una mesa cuando falle la verificación? ¿Quién asumirá la responsabilidad? Estamos hablando de unas elecciones generales, no de un experimento tecnológico", añade.

La controversia adquiere especial relevancia porque la identificación mediante MiDNI requiere comprobar la autenticidad del código QR temporal generado por la aplicación. La imagen del documento mostrada en la pantalla del teléfono no constituye, por sí sola, el procedimiento de verificación previsto.

Iustitia Europa sostiene que, antes de autorizar este mecanismo, deben quedar acreditadas las garantías técnicas, las instrucciones de funcionamiento y las soluciones previstas ante posibles incidencias.

Los dos procedimientos quedan ahora pendientes de la respuesta del Tribunal Supremo, al que la formación reclama un pronunciamiento urgente antes del 29 de noviembre.

"Las elecciones se protegen antes de abrir las urnas. Después puede ser demasiado tarde", concluye Luis María Pardo.

Por el momento, las medidas cautelarísimas han sido solicitadas, pero no consta en la documentación aportada que el Alto Tribunal haya acordado las dos nuevas suspensiones.

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