| 27 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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López Miras, Casado y García-Egea, en el Parlamento de Murcia.
López Miras, Casado y García-Egea, en el Parlamento de Murcia.

La Fiscalía tumba la querella de Podemos contra el PP por la moción en Murcia

Tras el varapalo político a PSOE y Cs tras el fracaso de su moción de censura contra el popular Fernando López Miras, ahora llega el mazazo judicial a los morados.

| J.R.V Tribunales

El círculo contra la fracasada operación política urdida en La Moncloa para desalojar al PP del gobierno de la Comunidad de Murcia se cierra en el Tribunal Supremo. Y si en la faceta política fueron PSOE y Cs los que salieron trasquilados, en la judicial ha sido Podemos el que ha recibido el último varapalo.

La Fiscalía del Alto Tribunal ha propuesto el archivo de la denuncia presentada por el partido morado al no apreciar cohecho en el acuerdo que hizo fracasar la moción de censura contra López Miras el pasado mes de marzo.

En su escrito, el fiscal de Sala Jefe de la Sección Penal de la Fiscalía del Supremo, Javier Zaragoza, asegura que el nombramiento de dos de los diputados de Ciudadanos que votaron en contra para dos de las Consejerías regionales "no puede considerarse como una ilícita recompensa". A ellos PSOE, Cs y Podemos los considera tránsfugas.

Es más, Zaragoza señala que "los datos que se conocen de las informaciones aparecidas en los medios de comunicación apuntan a que, tras la división del voto, subyacen únicamente razones o motivos estrictamente políticos, identificables con un problema de liderazgo en Ciudadanos entre la candidata propuesta en la moción de censura y la que en ese momento era vicepresidenta del Gobierno regional".

En el escrito, el fiscal del Supremo insiste en que la moción de censura "es un mecanismo político de control de la acción de gobierno habitualmente presente en los estados democráticos, reconocido" por la Constitución, por el Estatuto de Autonomía de Murcia y "diseñado para exigir responsabilidades políticas por las acciones de gobierno".

 

López Miras junto a los tres diputados de Cs que se negaron a secundar la moción contra el PP.

 

Según el fiscal, "si se considera legítimo presentar una moción de censura, como acto estrictamente político que es, aunque encubra un reparto de cargos y funciones de gobierno, no menos legítimo debe ser considerado oponerse a la misma, desactivando de esta manera mediante acuerdos políticos la prosperabilidad de aquella".

"Políticamente justificable"

Zaragoza va más allá y justifica la legitimidad de la moción "aun cuando se rompa la disciplina de voto por desacuerdos internos", recordando que este hecho es "políticamente justificable en cuanto el artículo 25.1º del Estatuto de Autonomía de Murcia proclama que los diputados no están sujetos a mandato imperativo alguno".

En su denuncia, Podemos atribuye a algunos denunciados, como recuerda el fiscal, la condición de autores materiales -a los tres diputados que votaron en contra en la moción de censura- y a los restantes la condición de inductores y cooperadores necesarios.

Entre ellos se encuentra el secretario general del PP, Teodoro García Egea, exonerado de cualquier responsabilidad al entender el fiscal que "no se ha acreditado, ni siquiera indiciariamente, la concurrencia de los elementos típicos que integran el delito de cohecho ni mucho menos la supuesta participación" del dirigente del PP "en acciones ilegales que pudieran tener encaje jurídico en el tipo penal mencionado".

El fiscal jefe descarta incluso que el número dos de los populares' aforado en su condición de diputado, tenga que realizar "declaración alguna, ni siquiera mediante la fórmula de citación para una comparecencia voluntaria".