| 27 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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La candidata de Vox, Macarena Olona en el arranque de la campaña electoral en Andalucía.
La candidata de Vox, Macarena Olona en el arranque de la campaña electoral en Andalucía.

Vox podrá seguir luciendo la bandera de España en su cartel electoral

La Junta Electoral de Andalucía considera "legítimo" el uso que hace del símbolo y rechaza dos denuncias contra la formación al considerar que se usa de forma accesoria y no para confrontar.

| Manuela Herreros Andalucía

El partido de Vox podrá seguir utilizando en la campaña electoral andaluza la bandera de España acompañando el rostro de su candidata Macarena Olona. La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha desestimado dos denuncias contra la utilización de este símbolo en la propaganda de la formación de Santiago Abascal para los comicios del próximo 19 de junio porque no aprecia "pretensión de apropiación o de empleo como instrumento de confrontación" y considera "legítimo" su uso.

Así lo recogen dos acuerdos adoptados por la JEA en respuesta a dos denuncias presentadas. Una por la coalición Andaluces Levantaos, que criticaba el "uso partidista" de la bandera de España, y que también fue el grupo que denunció el empadronamiento de Olona en Salobreña (Granada). La segunda fue registrada por un particular, que acusaba a la candidatura de Vox de "conculcar la prohibición de utilizar la bandera de España" y solicitaba su retirada de todos los soportes de la campaña electoral.

En sus resoluciones el órgano que regula los comicios, recuerda en primer lugar que lo que está "vedado" en los procesos electorales es la "instrumentalización de la bandera de España por cualquier formación política", por lo que en este caso su labor se centra en "verificar si existe un intento de sustraer a la bandera de España su específica naturaleza como símbolo común, pretendiendo apropiársela y convertirla en un elemento de confrontación".

Analizando en concreto el uso de la bandera de España en la propaganda electoral de Vox, la JEA asegura que se hace "de modo discreto y respetuoso, como elemento puramente accesorio, sin que se aprecie una pretensión de apropiación o de empleo como instrumento de confrontación", aunque admite que "ciertamente puede pretender reflejar expresamente, en ocasiones con intensidad, el compromiso de la formación política con lo que la bandera de España supone".

En cualquier caso, la JEA concluye que "no puede considerarse que la utilización de la bandera de España en esa propaganda electoral suponga una instrumentalización de la misma, resultando, por contra, plenamente legítima". Contra el acuerdo de la JEA cabe presentar recurso ante la Junta Electoral Central (JEC).