Inteligencia energética para la inteligencia artificial

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España lleva años proclamando que sus renovables, fibra, suelo y posición geográfica pueden convertirnos en el gran hub digital del sur de Europa. El propio Gobierno reconoce más de 6.000 MW de acceso concedidos por Red Eléctrica a centros de datos y otros 6.000 MW en distribución desde 2020, frente a los 3.500-4.000 MW de demanda que la Estrategia de Inteligencia Artificial estima para 2030. Interés inversor hay. Falta comprobar si también hay política energética.

Siete días de agosto para decidir el futuro de la IA en España

El Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico acaba de someter a audiencia pública, durante solo siete días hábiles y en pleno agosto, el proyecto de Real Decreto sobre sostenibilidad, resiliencia y soberanía digital de los centros de datos. Poco tiempo para aportar mejoras a un asunto tan estratégico.

La Ministra, Sara Aagesen, considera esta regulación “fundamental” para que estas infraestructuras se implanten en España en las mejores condiciones y sin impacto en la factura de industria y hogares. Su proyecto de Real Decreto contempla que para los centros de 1 MW o más, el 80% de su consumo quede cubierto con nueva generación renovable (adicionalidad); que ese porcentaje se acredite hora a hora; que los contratos de suministro (PPA) duren al menos diez años; y que alcancen máximos de eficiencia energética e hídrica, según los distintos parámetros europeos en trámite de aprobación. El incumplimiento puede provocar recargos sobre sus peajes y cargos de hasta el 500% e incluso la pérdida del permiso de acceso.

Silencio sobre potencia, redes y peajes; ruido sobre la factura

El Gobierno teme que el gran consumo y demanda de potencia de los centros de datos afecten al precio en el mercado mayorista eléctrico, a la vista de lo ocurrido en algunos Estados de EEUU, muy por delante en su despliegue. Los expertos también han alertado sobre las exigencias que estos consumos introducen en el desarrollo y operación de la red y sobre el incremento de peajes que pueden provocar.

Pero a la vista del texto sometido a consulta pública surgen dos grandes cuestiones.

La primera es que este proyecto de Real Decreto no aborda la suficiencia y estabilidad de las redes ni sus efectos sobre los peajes. Nada dice sobre requisitos técnicos de conexión, precisamente relevantes por el perfil singular del consumo de los centros de datos.

Es verdad que esa materia se tramita en otro proyecto normativo, iniciado en febrero, sobre requisitos técnicos de conexión de generación, demanda y almacenamiento: huecos de tensión, respuesta dinámica, rampas y robustez. Pero la CNMC ha reclamado diferenciar las exigencias según las tipologías de consumo y comprobar su viabilidad técnica y económica. Incluso advierte que reducciones obligatorias de consumo por subfrecuencia pueden comprometer servicios críticos como los centros de datos y propone mecanismos voluntarios o de mercado. Exactamente lo que no aborda este proyecto de Real Decreto.

La factura que más depende del gobierno

La segunda cuestión es jurídica y competitiva: ¿por qué la obligación de adicionalidad renovable se exige a los centros de datos y no a otras nuevas demandas?

El proyecto se enfoca en contener el precio mayorista mediante consumo renovable y adicionalidad. Sin embargo, el mercado mayorista apenas representa alrededor del 50% del coste de la factura final, que se incrementa por peajes, sobrecostes y cargos vinculados a decisiones regulatorias y políticas.

La duda es si para evitar que suba la factura debe exigirse adicionalidad a cada nueva demanda, o solo a algunas. Si aumenta la demanda porque crece la actividad económica, también lo hace la capacidad económica del país. El problema es cuando la factura sube —o no baja lo suficiente— por ineficiencias regulatorias, falta de planificación o ausencia de política energética con visión estratégica.

Normativa europea y discriminación en el acceso y conexión

La normativa europea ampara los principios de objetividad, proporcionalidad y no discriminación en el acceso a las redes: la Directiva exige acceso objetivo y no discriminatorio y el Reglamento 2019/943 que las tarifas reflejen costes y no incorporen costes ajenos destinados a respaldar otros objetivos políticos. La neutralidad tecnológica permite distinguir realidades eléctricamente distintas, pero exige una justificación. Por eso parece discutible convertir una obligación sectorial aparentemente climática o de intervención indirecta en el mercado eléctrico (adicionalidad renovable), en recargos sobre peajes y cargos y, finalmente, en pérdida del acceso en caso de incumplimiento.

También es discutible la analogía con el hidrógeno renovable. Las reglas europeas de adicionalidad y correlación determinan cuándo la electricidad usada para producir un RFNBO puede contabilizarse como plenamente renovable. Si un electrolizador no las cumple, no pierde su derecho a estar conectado y consumir electricidad. En el proyecto de Real Decreto que comentamos, las reglas que se dicen parecidas se vinculan al propio derecho de acceso de un consumidor a una infraestructura esencial.

Argumentos insostenibles

La exposición de motivos del proyecto normativo justifica así la exigencia: los centros de datos tienen consumos “esencialmente planos” y poca flexibilidad a priori y, a diferencia del hidrógeno renovable o de la electrificación industrial, son “en buena parte adicionales” y no sustituyen consumos fósiles. Esa demanda puede aumentar necesidades de generación firme y gas marginal, encareciendo la electricidad; por eso debe acompañarse de nueva generación renovable.

Pero la comparación que realiza el gobierno no se hace con cualquier nueva demanda, sino con procesos de electrificación de consumos preexistentes. Puede explicar la diferencia frente a una industria que sustituye una caldera de gas por electricidad, pero no frente a una nueva fábrica, nave logística, centro comercial, desarrollo inmobiliario o infraestructura de recarga que genere demanda neta adicional. Todos consumen electricidad que antes no se consumía.

Si la adicionalidad se justifica por crear nueva demanda sin sustituir combustibles fósiles, esa misma característica concurre en otras actividades a las que el Real Decreto no impone la obligación.

Digitalización y descarbonización

Además, el propio proyecto debilita esa justificación al defender el valor estratégico de los centros de datos para la digitalización y la descarbonización. Los califica de “infraestructuras necesarias para la digitalización de la economía” y considera la capacidad de computación propia esencial para la autonomía estratégica, la seguridad económica y la reducción de dependencias. Recuerda que más del 80% de los servicios cloud y el 90% de los datos europeos estarían controlados por empresas estadounidenses.

Y reconoce la relación entre digitalización y descarbonización: la digitalización y la IA permiten operar y planificar mejor las redes, predecir demanda y generación renovable y activar flexibilidad; y los propios centros de datos, como demanda firme, pueden impulsar nueva generación renovable dando visibilidad económica a las inversiones.

La hoja de ruta de la Comisión Europea de junio de 2026 coincide: considera la digitalización un facilitador de la transición energética y estima que podría generar 71.000 millones de euros anuales de ahorro directo para consumidores y más de 300.000 millones de beneficios sistémicos.

No convertir la oportunidad en problema

Digitalización y descarbonización son transiciones complementarias. Resulta contradictorio dificultar mediante regulación diferencial precisamente la infraestructura que posibilita esa digitalización. Y es paradójico que aquello que inicialmente se presenta como problema —una demanda grande, estable y adicional— aparezca después como ventaja para financiar nueva generación renovable.

España necesita ordenar los centros de datos, evitar proyectos especulativos y exigir que quien provoque costes identificables los pague, siempre de manera simétrica a problemas generados por otros consumos. Debemos premiar e incentivar eficiencia, almacenamiento, flexibilidad, localización inteligente y generación adicional. Pero las obligaciones deberían atender a lo que la red realmente ve y necesita gestionar: megavatios, localización, rampas, tensión, frecuencia, flexibilidad y costes causados; no al código CNAE del consumidor.

Resulta paradójico que el proyecto de Real Decreto se enfoque en imponer obligaciones sobre la procedencia tecnológica de su consumo eléctrico específicamente al centro de datos y, sin embargo, omita lo que afecta directamente a la estabilidad y eficiencia en la operación de la red, que quedará encuadrado inicialmente en requisitos generales de demanda en otra regulación paralela.

Regular inteligentemente

La regulación debe diferenciar al centro de datos donde realmente es diferente: continuidad extrema de carga, potencia, rampas, electrónica de potencia, comportamiento ante huecos de tensión, respaldo mediante UPS y grupos, flexibilidad, ubicación, almacenamiento y servicios al sistema. Es mucho más difícil justificar que un MW consumido por un servidor reciba un trato distinto del mismo MW consumido por una fábrica recién construida solo por el origen contractual de su electricidad.

Y las exigencias diferenciadoras justificadas deben escalonarse gradualmente, según se avance en el tiempo con el despliegue de centros de datos y no colocando barreras anticipatorias cuando más se los necesita para incrementar nuestra demanda eléctrica.

Quizá la razón real de las obligaciones restrictivas para los centros de datos que se contienen en el proyecto de Real Decreto sea otra. El proyecto afirma que las redes son un “bien escaso” y utiliza esa escasez para justificar requisitos especiales de acceso. Pero parte de esa escasez deriva de retrasos regulatorios, planificación insuficiente e inversiones que no acompañaron la electrificación.

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No deberíamos convertir la insuficiencia de una infraestructura pública regulada en argumento para seleccionar qué actividad económica merece consumir electricidad y cuál queda excluida. Porque excluir la inteligencia artificial no demuestra demasiada inteligencia.