| 28 de Abril de 2024 Director Benjamín López

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Jordi González, presentador de TVE.
Jordi González, presentador de TVE.

A Hacienda no le tiembla el pulso y pone contra las cuerdas a Jordi González

Los jueces advierten al presentador de TVE que estar "a la moda" fuera del plató no desgrava, por lo que el Tribunal Superior de Madrid le ha hecho algún que otro reproche.

| Rocío Díaz Medios

Jordi González, presentador de Lazos de sangre en La 1, fue una de las caras más reconocidas de Telecinco durante casi dos décadas. En estos años, el comunicador y sus empresas estuvieron de forma casi constante bajo la lupa de Hacienda. Ahora, según informa Vertele, han sido los tribunales de Madrid los que han certificado que, en ocasiones, usó una "sociedad pantalla" para intentar pagar menos impuestos o, incluso, intentó deducirse gastos en ropa, viajes o relojes alegando que su trabajo requiere estar "a la moda" también fuera de los platós. Los jueces, pese a que le retiran una sanción, rechazan la mayor parte de sus alegaciones: "Fuera del plató no necesita mantener ninguna imagen, los telespectadores no le ven", dice una de las sentencias.

Desde su defensa, como indica el citado portal de noticias, afirman que este es un tipo de discusión "habitual" con la Administración tributaria y que el de TVE no debe dinero a Hacienda ya que "todas las liquidaciones efectuadas por la AEAT han sido debidamente abonadas desde el principio del procedimiento", quedando por resolver los recursos que han presentado. Cabe señalar que el presentador es socio al 99,18% y administrador único de una sociedad llamada 'Wooloomooloo SL',  través de la cual, por ejemplo, firmó sus contratos con Telecinco entre 2006 y 2012. 

 

Hacienda busca a Jordi González 

Las sentencias de su caso se centran en varios impuestos de los años 2011 a 2013. En ellos, se revela, por ejemplo, que en 2011 su sociedad tuvo unos ingresos de explotación de 1,5 millones de euros que irían bajando considerablemente en años posteriores. Algo que tuvo que ver con el cambio de facturación con Telecinco a raíz de una inspección de trabajo, pasando a tener una nómina que conectaba directamente al presentador con la cadena. Esto llamó la atención de los inspectores, pues durante varios años, el dinero que Jordi González cobraba por su trabajo en la cadena de Mediaset no fuera directamente a su bolsillo sino al de una sociedad que, después, le pagaba a él. Según los inspectores, una "empresa pantalla" para pagar por el más benevolente Impuesto de Sociedades y esquivando el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que habría tenido que pagar el presentador.

 

González contraatacó con varios recursos que, en su mayoría, han sido recientemente rechazados por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. La sociedad del presentador alegaba, entre otras cosas, que había sido objeto de una "sistémica, recurrente" e injustificada inspección fiscal en 16 ejercicios, que Hacienda no había calculado correctamente el precio de mercado de sus servicios y, finalmente, que le deberían permitir deducirse una serie de gastos del presentador. Gastos como, por ejemplo, relojes o la ropa que lleva cuando sale de plató. Así lo indica el nombrado portal de información. Es más, la sociedad de González alegaba que el presentador "necesita mantener una imagen correcta fuera del plató y 'vender' un estilo y una imagen determinada que implica renovar vestuario con cierta frecuencia". De hecho, "estar a la moda" y vestir con "las últimas tendencias del momento" implica una inversión económica en ropa que facilita conseguir contratos de televisión y publicidad. Un argumento que, como era de esperar, no ha convencido ni a Hacienda ni a la Abogacía del Estado ni, finalmente, al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Así, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha rechazado por completo uno de sus recursos, y otro solo de forma parcial. De esta manera, quedan confirmadas las liquidaciones que la Agencia Tributaria hizo sobre el Impuesto de Sociedades en distintos periodos de 2011 a 2013 que suman, entre todas las reclamaciones, casi 76.000 euros, y otra relativa al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de otro periodo por valor de casi 10.000 euros más.